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Estas son todas las ayudas que pueden pedir los mayores de 52 años que estén en el paro

Requisitos para acceder a las mismas y condicionantes de cada una de ellas

Las estrictas medidas del SEPE con las prestaciones por desempleo: los 10 motivos por los que te las pueden retirar

El paso imprescindible que tienes que hacer antes de solicitar una prestación o subsidio por desempleo en el SEPE

Un usuario sale de una oficina del SEPE EP
Jaime Parejo

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Existen situaciones en las que toda ayuda es poca. El mercado laboral es muchas veces injusto con los más experimentados y encontrar trabajo a partir de los 50 años se hace difícil, sobre todo en algunos sectores. La espera de una oportunidad como demandante de empleo en el SEPE puede resultar en ocasiones frustrante.

Para sobrellevar esta espera y poder afrontar los gastos comunes del día a día el SEPE ofrece una ayuda de carácter indefinido para aquellas personas con 52 años o más que se encuentran en situación de desempleo. Una ayuda que puede ser de carácter indefinido hasta que el solicitante tenga la edad necesaria para acceder a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social.

En lo que se refiere a la cantidad a percibir, el montante viene de calcular el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En el 2023 el IPREM está fijado en 600 euros, por lo que el 80% es 480 euros, que es la cantidad que tiene fijada esta prestación para este año.

Requisitos para percibir esta ayuda

El requisito principal para poder acceder a esta ayuda que ofrece el SEPE es encontrarse en situación de desempleo y tener 52 años o más. La persona interesada en esta ayuda también debe estar registrada como demandante de empleo al menos durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estuviera percibiendo.

Es necesario haber acumulado al menos 15 años de cotización en el momento de solicitar la prestación. De esos 15 años, al menos dos deben haberse cotizado dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. Además, dentro del total de años cotizados, un mínimo de seis años deben corresponder a cotizaciones por desempleo.

También informan desde el Servicio de Empleo Público Estatal que la persona que solicite esta ayuda deberá cumplir el acuerdo de actividad que está incluido en la solicitud de este subsidio. Este acuerdo es el pacto o acuerdo escrito entre los servicios públicos de empleo y la persona trabajadora que demanda esos servicios, en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad de esta última, teniendo en cuenta, en su caso, las necesidades de los colectivos prioritarios.

Además, el solicitante debe carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).

Otras ayudas a percibir si no te conceden la ayuda para mayores de 52 años

Existen otras alternativas si no cumples con los requisitos para percibir la ayuda para mayores de 52 años que ofrece el SEPE. Ambas tienen la misma cuantía, el 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales; y para acceder a ambas es necesario haber agotado la prestación contributiva por desempleo.

Subsidio para mayores de 45 años: destinada a mayores de 45 años sin cargas familiares y su duración es de seis meses, sin opción a prorrogarla. Al agotarla, el solicitante podrá recurrir al subsidio extraordinario por desempleo o la Renta Activa de Inserción.

Ayuda familiar: destinada a desempleados que cuenten con responsabilidades familiares. La duración vendrá determinada por dos factores, la edad del solicitante, si es mayor o menor de 45 años y el paro consumido:

- Si es desempleado menor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio.

- Si el desempleado es menor de 45 años, pero ha agotado un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio.

- Si el desempleado es mayor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, podrán cobrar este subsidio durante 24 meses.

- Si el desempleado es mayor de 45 años y ha agotado un paro superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses.

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