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Prestaciones

Estas son las ayudas a las que pueden acogerse los mayores de 55 años que no hayan cotizado nunca

Existen varios mecanismos de la Seguridad Social y el SEPE para que las personas desempleadas de esta edad puedan seguir percibiendo ingresos

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El SEPE se encarga de varias de estas prestaciones ABC
Pepe Trashorras

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Hay personas que, por una circunstancia u otra, no han llegado a cotizar y superan los 55 años sin saber si tienen derecho a alguna ayuda económica. Aunque algunas prestaciones requieren un determinado período cotizado, hay una serie de ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las que pueden acogerse estos usuarios.

Se trata de prestaciones no contributivas que permiten que estas personas, uno de los grupos de edad que más complicado lo tienen para encontrar un empleo, consigan algún tipo de ingreso mensual para poder seguir a flote y llegar a final de mes.

El SEPE ofrece el paro para aquellas personas que hayan cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, y el subsidio por cotizaciones insuficientes para quienes hayan cotizado un mínimo de 90 días sin cargas familiares, igual que el subsidio para mayores de 52 años. Los que no lleguen a esta cifra o no hayan llegado a cotizar nunca tienen varias opciones:

Subsidio por mejora de una incapacidad

Se trata de una ayuda destinada a trabajadores que presenten una mejoría en su incapacidad y sean declarados plenamente capaces o incapacitadas en grado parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual.

Su cuantía, al igual que la de las otras prestaciones, es del 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se va actualizando cada año, lo que en 2023 se traduce como 480 euros al mes. Por su parte, se concede durante seis meses prorrogables hasta un máximo de 18, siempre que se solicite previamente.

Subsidio para emigrantes retornados

Esta prestación asistencial está al alcance de los ciudadanos españoles emigrantes que vuelvan de haber trabajado en un país extranjero. Para acceder a ella es necesario no tener derecho a la prestación contributiva por haber cotizado por desempleo menos de 360 días en los 6 años anteriores a su salida de España.

Subsidio para liberados de prisión

Quienes se hayan visto privados de su libertad al estar ingresados en prisión durante más de seis meses y no tengan derecho a otra ayuda de ningún tipo pueden acceder al subsidio para liberados de prisión. La cuantía y la duración de esta ayuda son idénticas a las anteriores.

Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social

Además de estas prestaciones concretas del SEPE destinadas a casos más o menos concretos, el Gobierno de España impulsó la creación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda orientada a quienes se encuentran en una situación de pobreza y vulnerabilidad económica. Su objetivo es acabar con la exclusión social de aquellas personas que no tienen ingresos suficientes para asumir el coste de la vida, y es compatible con otras ayudas e ingresos.

A continuación se detallan las cuantías del IMV en 2023 tras su revalorización, siempre diferenciando el importe en función del tipo de unidad familiar (número de progenitores y de menores)

Unidad no monoparental:

Un adulto - 6.784,44 €

Un adulto y un menor - 8.819,88 €

Un adulto y dos menores - 10.855,20 €

Un adulto y tres menores - 12.890,52 €

Un adulto y más de tres menores - 14.925,96 €

Dos adultos - 8.819,88 €

Dos adultos y un menor - 10.855,20 €

Dos adultos y dos menores - 12.890,52 €

Dos adultos y más de dos menores - 14.925,96 €

Tres adultos - 10.855,20 €

Tres adultos y un menor - 12.890,52 €

Tres adultos y más de dos menores - 14.925,96 €

Cuatro adultos - 12.890,52 €

Cuatro adultos y un menor- 14.925,96 €

Otros - 14.925,96 €

Unidad monoparental:

Un adulto y un menor - 10.312,44 €

Un adulto y dos menores - 12.347,76 €

Un adulto y tres menores - 14.383,20 €

Un adulto y cuatro o más menores - 16.418,52 €

Unidad monoparental. Progenitores, abuelos, guardadores o acogedores, si uno de ellos tiene reconocido un grado 3 de dependencia, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez:

Dos adultos y un menor - 12.347,76 €

Dos adultos y dos menores - 14.383,20 €

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