¿Los autónomos y las empleadas del hogar no tienen derecho al subsidio para mayores de 52 años? Esto es lo que dice el SEPE
Estos dos grupos tienen dificultades para acceder a determinadas prestaciones y ayudas a causa del 'requisito de cotización'
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![El subsidio para mayores de 52 años depende del SEPE](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/sevilla/2023/08/17/oficina-sepe-cordoba-RyOQT70Tc6K2WbtwsvJ8OJJ-1200x840@abc.jpg)
Las personas que se encuentran desempleadas y no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo (el paro) pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años y así no quedarse sin ingresos. Esta prestación tiene la particularidad de ser el único de los subsidios no contributivos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que cotiza para la futura pensión de jubilación.
Se trata de una ayuda económica consistente en el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que actualmente se traduce en 480 euros mensuales. En muchos casos se convierte en un balón de oxígeno para las personas de edad madura que no tienen empleo y quieren optar a una pensión de jubilación.
Sin embargo, hay ciertos grupos que tienen particulares dificultades para poder acogerse al subsidio para mayores de 52 años. Es el caso de los autónomos y las empleadas del hogar. ¿Es cierto que no pueden cobrar la ayuda? El SEPE explica qué ocurre al respecto.
La clave está en las cotizaciones
El problema en estos casos llega por el llamado 'requisito de cotización'. Para poder ser beneficiario de esta ayuda es necesario tener quince años cotizados y que dos de ellos hayan sido durante los últimos quince. De esta forma se podría enlazar directamente con la pensión de jubilación en caso de que no se volviera a encontrar un puesto de trabajo.
También hace falta que la persona que se acoge a esta prestación haya cotizado por desempleo al menos seis años, algo complicado para los trabajadores por cuenta propia y para aquellas personas que trabajan en el hogar. Los primeros no cotizan por desempleo, sino por cese de actividad laboral, que no es exactamente lo mismo. Aun así, si se computa como lo mismo, dichas cotizaciones comenzaron en 2019, por lo que están obligados a haber trabajado por cuenta ajena durante el plazo restante.
Por su parte, las empleadas del hogar están en una situación muy parecida. Este grupo sí que cobra el paro, pero desde hace muy poco ―la nueva normativa aprobada por el Gobierno para este colectivo entró en vigor en octubre de 2022―, por lo que tendrá que esperar hasta 2028 como mínimo para alcanzar el período de cotización exigido para acogerse al subsidio para mayores de 52 años.
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