Condenado a nueve años de cárcel por asestar 22 puñaladas a su mujer
SEVILLA. La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a nueve años de cárcel a Juan R. H., de 64 años, como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, en una sentencia que le aplica la agravante de ensañamiento por la «brutalidad y crueldad» de su acción, dado que asestó a su esposa 22 puñaladas con un cuchillo de cocina con la intención de «hacerle experimentar el mayor dolor posible antes de la muerte», que finalmente no se produjo porque la mujer se «hizo la muerta» y el esposo cejó en su agresión.
La sentencia de la Sección Cuarta recoge que el matrimonio, que se había conocido en Alemania en 1968, había mantenido practicamente desde el inicio de la convivencia unas «tensas relaciones», que motivaron que Josefa O. M. regresara a España para permanecer durante largos períodos hasta que, finalmente, en 1998, la pareja volvió a convivir en una casa de San José de la Rinconada (Sevilla) con motivo de la jubilación del marido.
A partir de entonces volvieron los incidentes y en julio del 2000 la mujer le denunció por haberle arrojado sobre la vestimenta una fuente de tomate frito y carne de pollo; y en septiembre de ese mismo año volvió a presentar una denuncia después de Juan R. H. le manifestara «no me importa ir a la cárcel, pero te tengo que matar», lo que consiguió atemorizarla.
El 19 de octubre del 2000 el marido, tras haber recibido el emplazamiento del juzgado de familia por la demanda de separación, se presentó al mediodía en la vivienda y le hizo un gesto con el dedo pulgar alzado, lo que Josefa interpretó como una amenaza y, tras denunciarlo a la Guardia Civil, se encerró en el dormitorio, atrancando la puerta con una silla y una tabla de planchar.
Sobre las 21. 30 horas Juan R. H. regresó a casa y cogió un cuchillo de cocina, de 17 centimetros de longitud, con el que se introdujo en el dormitorio, asestándole las primeras puñaladas en el costado y en el cuello.
La víctima logró zafarse y seguir escaleras abajo, donde fue alcanzada nuevamente y continuó el apuñalamiento hasta que el acusado creyó que la había matado, una vez que la mujer guardó silencio y contuvo la respiración para simular precisamente que había fallecido.
A continuación llegó una pareja de la Guardia Civil y en ese momento Josefa salió pidiendo auxilio y desplomándose sobre el suelo.
Durante toda la secuencia de la agresión, el tribunal considera probado que el acusado le manifestó a su mujer frases como «la calle no la pisas más, estás muerta», «derrama esa sangre maldita que tienes».
Ensañamiento
La sentencia ha condenado al acusado por un delito de asesinato en grado de tentativa y no por homicidio como había planteado la Fiscalía, y además aprecia en su acción la agravante de ensañamiento.
Para llegar a esta conclusión, el tribunal ha tenido en cuenta el reiterado apuñalamiento, que «notoriamente provocó un plus de aflicción absolutamente innecesario para causarle la muerte», lo que unido a las frases antes citadas revelan, según los magistrados, «el especial sentimiento de crueldad que conducía la actuación del acusado, tendente a hacer experimentar a su esposa el mayor dolor posible antes de la muerte». En cuanto al «animus necandi» o intención de matar, consideran queestá totalmente acreditado por cuanto «la violencia, saña y reiteración con que apuñaló a la víctima indica palmariamente que pretendía un resultado letal», y en este sentido, entienden como significativa una herida en el cuello que tiene una profundidad de 12 centímetros. La sentencia considera acreditada la «brutal» agresión del esposo principalmente a través del testimonio de Josefa, cuyo «seguro y preciso» frente a la declaración del acusado, quien en la vista oral cambió sus anteriores declaraciones.
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