Los casos judiciales de expolio en la provincia de Sevilla crecen un 50% por la labor de la Guardia Civil
La Fiscalía Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo detecta este incremento desde el año 2021; la mayoría de las piezas y efectos sustraídos en yacimientos de Sevilla tienen como destino el mercado negro
El fiscal Javier Rufino: «Con estas leyes sale barato dañar y expoliar el patrimonio histórico»

La Fiscalía Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo en Sevilla ha registrado «un aumento clarísimo» de caso de expolios en yacimientos arqueológicos localizados en la provincia. Desde el ejercicio 2021 hasta la actualidad dicho incremento supone un 50 por ciento más de asuntos. ... Esta cifra es fruto del trabajo de los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) y del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.
A pesar de la labor del Instituto Armado, en el Ministerio Público subrayan la problemática que se presentan en la investigación de este tipo de actuaciones delictivas, que conllevan el hurto y la apropiación indebida de los efectos arqueológicos y luego la receptación. Pero a esto hay que sumar que en cualquier expolio se produce una excavación para encontrar dichas piezas y dicha labor de excavación supone en sí mismo la destrucción del registro arqueológico de la tierra, es decir, toda la información que pudiera ofrecer el terreno.
Por este motivo, cuando se realiza la tasación de los daños no sólo se debe poner el foco en la pieza expoliada sino en las consecuencias en el registro arqueológico. Con la reforma de 2015 del Código Penal se empezó a castigar tanto el expolio como el daño.
Precisamente el Código Penal, en dicha reforma, contemplaba castigos más duros para este tipo de actuaciones delictivas, sobre todo cuando se produce un daño de especial gravedad, pudiendo llegar la pena de tres a cuatro años y medio de cárcel. Pero el mismo artículo del Código Penal contempla la multa como castigo alternativo, lo que supone un freno en esta batalla.
El mercado negro
Además, según admite a este periódico Yolanda Ortiz, fiscal delegada de Medio Ambiente y Urbanismo en Sevilla, las responsabilidades civiles impuestas, que suelen ser altas por el valor del vestigio arqueológico, son «difíciles» de cobrar pues los implicados en estos asuntos, en su mayoría, son personas insolventes, que buscan en el robo y posterior colocación de estas piezas en el mercado negro una vía económica. «Muchos viven de esto. Hay casos de personas reincidentes en otras provincias».
En el seguimiento de las piezas arqueológicas sustraídas fue importante la aprobación en 2007 de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, que otorgaba un año a quienes tuvieran en su poder un bien arqueológico para comunicarlo para su registro. De no hacerlo en un año, todas esas piezas 'ocultas' pasarían a formar parte del patrimonio público.
Entonces, cuando se produce una operación de compra-venta que no se declara y no cuenta con documentación que soporte dicha pieza arqueológica, también pasará al patrimonio público, aunque a veces no se pueda determinar cuando se adquirió ese objeto. El delito prescribe pero la pieza pasa a ser del patrimonio de todos.
Los resultados del trabajo conjunto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la Fiscalía supone un aumento del número de condenas por estas actuaciones contra el patrimonio histórico en Sevilla. Algunas de las últimas sentencias reflejan la variedad de zonas arqueológicas donde atentan estos amigos de lo ajeno. Y también lo baja que son las penas impuestas.
Penas bajas
Por ejemplo, el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla condena, por conformidad, a dos individuos por un delito de daños por expolio arqueológicos y un delito leve de apropiación indebida en grado de tentativa a seis meses de cárcel y a una multa de 90 euros. Se ordenó el decomiso de las piezas intervenidas para entregárselas a la Junta de Andalucía.
Deben indemnizar a la Consejería de Cultura con 1.525 euros por los daños causados en un yacimiento situado en la carretera SE-456, que va a La Puebla de Cazalla, pero en término de Morón de la Frontera, donde en la madrugada del 16 de julio de 2019 sustrajeron piezas de valor histórico, usando para ello un detector de metales.
Entre los elementos sustraídos estaban un elemento cerámico, fragmento de cuenco romano del siglo I d.C., una moneda de bronce de los siglos XVI-XVII, siete monedas romanas del Bajo Imperio, y otra del Alto Imperio, o una moneda republicana hispana de Carmo datada entre los siglos IIII-I a.C., etc. A los dos condenados los pilló la Policía Nacional cuando huían de la zona. Uno de ellos tenía una autorización para usar el detector de metales en algunas playas de Cádiz. La fiscal recuerda que los detectores de metales están prohibidos salvo autorizaciones expresas con día y lugar fijados, así como las horas de uso.
En el Penal 4 de Sevilla impuso, también por conformidad, 540 euros de multa y con facilidades de pago: en seis meses, por un delito de expolio en grado de tentativa por intentar hallar y robar restos arqueológicos en el paraje conocido como Rancho Galindo, en Marchena.
Fueron sorprendidos por los agentes de la Guardia Civil antes de que pudieran cometer las excavaciones con detectores (sin autorización), escardillas y picos. Dicho paraje está declarado administrativamente como yacimiento arqueológico. Carece de señalización específica por motivos de seguridad y protección, a fin de evitar expolios. Lo que no se consigue. Allí hay asentamientos de la Edad Media, así como aldeas de la Edad del Bronce final.
Otro asunto procedente de un juzgado de Morón ha llevado al Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla a condenar a un individuo a seis meses de cárcel por apropiación indebida y entregar al Museo Arqueológico de Sevilla todas las piezas que se llevó de un yacimiento arqueológico en la madrugada del 30 de enero de 2017.
Fue pillado por la Guardia Civil en el parking de la Venta Las Piedras, en Montellano, con el maletero del coche lleno de piezas, hasta 43: un hacha de piedra del Neolítico, valorada en 500 euros; alisador de piedra de mismo periodo; fragmento de fíbula romana de bronce datado entre los siglos II a.C. y II d.C.; o dos garfios de hebilla de cinturón de los siglos III-VI.
MÁS INFORMACIÓN
El acusado no se presentó al juicio. Era el tercer intento de celebración de la vista oral. Se acordó hacerlo sin él, que ante el juez instructor dijo que las piedras eran suyas, pero las monedas no, y que desconocía su origen.
El pasado 8 de febrero el Penal número 5 de la capital sentenció otro asunto de Morón de la Frontera. En esta ocasión eran dos los acusados por daños al patrimonio histórico por expolio. Fueron sorprendidos por la Guardia Civil en la A-8128, en Montellano, tras haber extraído restos arqueológicos en un yacimiento, tras el uso de un detector de metales, sin autorización. Llevaban 48 piezas metálicas: monedas antiguas, botones, una navaja de hierra, piezas de plomo y elementos metálicos fragmentarios, todo ello del siglo XIX.
«Dichas piezas, que son de inequívoca arqueológica, no presentan un valor económico en sí mismo significativo, pero los daños causados en el yacimiento por el uso de los detectores de metales lo menoscabaron seriamente y altera la información histórica que ofrece como bien cultural, un daño que resulta incalculable. La condena en este asunto fue una multa de 1.440 euros con la facilidad de pagarlo en doce meses.
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