el retranqueo
Más togas manchadas con el barro del camino
¿En castellano? Cuando la ley no es suficiente, lo es el presidente del Gobierno faltando a su propia palabra y amnistiando a su propia hemeroteca
La ley de amnistía ya tiene nombre: «Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña». Más allá de que formalmente, y vistas las urgencias del PSOE, Sumar y sus socios independentistas, el texto no pueda ser visado por órganos consultivos ... como el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado, a los que se ningunea de modo muy poco democrático, la exposición de motivos de la norma bien podía ser la ponencia que en su momento redacte la mayoría 'progresista' del Tribunal Constitucional para avalarla sin problemas jurídicos ni de conciencia. En sus dos primeros párrafos ya el PSOE da con la clave jurídica que servirá de coartada. Se dice primero que es una «figura jurídica dirigida a excepcionar la aplicación de normas plenamente vigentes». Y se añade después, y más tarde durante todo el preámbulo y repetido como una letanía justificativa, que la amnistía es idónea para «abordar circunstancias políticas excepcionales». La excepcionalidad como argumento recurrente y como ancla jurídico que todo lo soporta.
Por algo el Tribunal Constitucional ya aceptó en su reciente sentencia de principios de octubre la «excepcionalidad» como argumento para que una simple ley orgánica adquiera el peso suficiente para reinterpretar la Constitución en un sentido distinto al que prevé. En definitiva, para que una ley orgánica de rango inferior sustituya a la Constitución por la vía del «constructivismo jurídico» y la oportunidad política. En esa sentencia, el TC avaló la parálisis institucional a la que tiene sometido el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial, privándole de realizar nombramientos clave de jueces y magistrados. Hoy, esa misma excepcionalidad se invoca para dar por legal lo que la Constitución rechaza cuando sostiene que están prohibidos en nuestro sistema los indultos generales.
La segunda clave jurídica repetida hasta el infinito en esa exposición de motivos es el «interés general». Un interés general ya delimitado por el Gobierno y sus socios sin plantear siquiera un debate social, parlamentario y jurídico, y menos aún una consulta a nivel nacional para aceptar lo que el PSOE jamás incluyó en su programa electoral. Unir, como se hace de modo reiterado, el criterio de excepcionalidad y el del interés general ya dan al TC la baza necesaria para adaptar la constitucionalidad de la amnistía –y de lo que sea y Pedro Sánchez necesite en cualquier momento- a esa doctrina sentada para el bloqueo del CGPJ. Y abre la puerta además, a que el Poder Judicial pueda ser renovado con 176 escaños, y no con las tres quintas partes de las Cortes que establece la Constitución. La doctrina del TC se había prefabricado previamente a que la propia ley de amnistía existiese. El plan preconcebido, la carcasa jurídica que se usará como molde, ya está redactada en la propia exposición de motivos.
Aparte quedan las referencias del texto a la «soberanía popular». Nada se habla de «soberanía nacional», lo cual es significativamente relevante. Ya lo hizo Francina Armengol en su discurso con motivo de la jura de la Constitución de la Princesa de Asturias. Y desde luego, al margen queda otra frase para la historia: «Esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil, pero a la vez valiente y reconciliador; una demostración de respeto a la ciudadanía y de que la aplicación de la legalidad es necesaria, pero, en ocasiones, no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo». ¿En castellano? El fin justifica los medios también en democracia. ¿En castellano de nuevo? Las togas manchadas con el barro del camino. ¿Más claro? Cuando la ley no es suficiente, lo es el presidente del Gobierno faltando a su propia palabra y amnistiando a su propia hemeroteca. Al menos Cándido Conde-Pumpido ya tiene una dilatada experiencia en el empeño. No le pillará de nuevas. No. Una inmensa ventaja para Sánchez.
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