El celador de Olot, condenado a 127 años y medio de prisión por 11 asesinatos
Joan Vila cometió los crímenes mientras trabajaba en la residencia de ancianos de La Caritat desde agosto de 2009 en la localidad gerundense

La Audiencia de Girona ha condenado a Joan Vila, el celador del geriátrico La Caritat, de Olot, ( Girona) a un total de 127 años y medio de cárcel por el asesinato de 11 ancianos entre lso años 2009 y 2010. Además le condena al pago de un total de 369.000 euros en concepto de indemnizaciones a los familiares de las víctimas, una cantidad de la que deberá responder la Fundación que gestiona el geriátrico, como responsable civil subsidiaria.
En virtud del veredicto unánime de culpabilidad que emitió el pasado 11 de junio el jurado popular que juzgó a Vila, que confesó los crímenes , la Audiencia provincial ha dictado hoy una sentencia en que considera probado que Vila mató a once ancianos de la residencia: tres hombres y una mujer. El celador mató a ocho de las víctimas suministrándoles un cóctel de barbitúricos o inyecciones de insulina.
A las otras tres, les hizo ingerior productos caústicos. Así, el tribunal entiende que los once homicidios pueden ser calificados de asesinato al incurrir alevosía. Y los tres en los que usó producos cáusticos, se agravan además por haber ensañamiento. En su favor, el tribunal le concede la atenuante de confesión en todos los asesinatos.
Según señala la Audiencia en su sentencia, "el tribunal entiende que en las once muertes causadas por el señor Vila concurrió, sin duda, el ánimo de matar o (animus necandi)" .
No hubo alteración psíquica
Durante la instrucción y también en el juicio, Vila confesó haber matado a los once ancianos, aunque aseguró que en el momento de hacer no era consciente de que era un asesinato. "Yo les quería, les ayudaba a morir. Les daba un buen cielo, declaró el celador. Por su parte, su abogado, Carles Monguilod, alegó que su cliente sufría algún tipo de alteración psíquica.
En este sentido, la Audiencia de Girona señala en su fallo que "a la vista de los hechos que el jurado ha considerado no probado" no concurre la eximente, ni parcial, ni completa, de alteración psíquica. El jurado, señala la sentencia, no dio crédito a la única pericial que daba crédito a esta posibilidad y, por contra, sí que la dio a las aportada por otros psiquiatras y psicólogos que sotubvieron que "el señor Vila, aunque pueda tener algún tipo de trastorno de personalidad (ansioso depresivo, con rasgos de personalidad obsesiva y baja autoestima), no sufre, ni ha sufrido nunca, ninguna enfermedad que le impidiera comprender la ilicitud de sus actos ".
En cuanto a la condena, el tribunal señala que las penas impuestas tendrán un límite máximo de cumplimiento de 40 años de cárcel, el límite legal, aunque señala que los posibles benefcios penitenciarios se calculen teniendo en cuenta la totalidad de las penas -127 años y medio-, una manera de asegurarse que Vila no gozará a la práctica de tales beneficios.
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