Suscribete a
ABC Premium

economía

Diez propuestas para que las familias no sean penalizadas por el IRPF

Acción Familiar asegura que en la actualidad esta institución está discriminada respecto a otro tipo de contribuyentes

Diez propuestas para que las familias no sean penalizadas por el IRPF NIEVES SANZ

c. fominaya

Las familias van a hacer un mayor esfuerzo fiscal con motivo de la crisis, y esto se va a notar en la declaración de la renta del próximo mes de junio. Esta es la principal conclusión que se extrae del Análisis del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas desde una perspectiva de familia realizado por la Fundación Acción Familiar y que se presenta el próximo martes. Este es el decálogo propuesto en el estudio para que las familias no sean discriminadas respecto a otro tipos de contribuyentes:

1. Ajuste y actualización de los mínimos personales y familiares exentos. Los mínimos, concebidos para reflejar el gasto de una familia y gravar la renta realmente disponible, tienen que ser ajustados a la realidad. Los importes son demasiado reducidos y no se han actualizado cada año, por lo que la inflación ha provocado una pérdida de la capacidad adquisitiva. El legislador debe ser más generoso con sus cuantías.

2. El mínimo familiar debe modificarse especialmente y de forma progresiva para las familias con tres o más hijos. El tipo medio efectivo de los declarantes del IRPF aumenta a medida que crece su número. Y es una realidad que el gasto familiar experimenta un salto importante y la renta real disponible se reduce de forma significativa a partir de la llegada del tercer hijo.

3. Es necesario un tratamiento fiscal diferenciado para las familias monoparentales. Estas familias soportan una mayor carga en el IRPF con un tipo medio efectivo del 17,48%. Están mayoritariamente encabezadas por mujeres que asumen en solitario graves responsabilidades familiares y deben afrontar mayores dificultades para conciliar familia y trabajo, asumiendo un mayor riesgo de pobreza por lo que es necesario un trato diferenciado. La reducida "ayuda" que obtienen en el actual IRPF es insuficiente.

4. La opción por la tributación conjunta para la unidad familiar debería mantenerse vigente mientras no se modifique el modelo de IRPF. La exposición de motivos de la actual Ley del IRPF señala que la política de no discriminación por razón de género y razones de simplificación de la gestión del impuesto podrían justificar su revisión. No es una cuestión de ideología, sino de eficiencia. Además la tributación conjunta reduce considerablemente la complejidad y los costes administrativos que se derivan de la gestión del impuesto.

5. Es necesario superar la discriminación territorial. El esfuerzo fiscal y el tipo efectivo real del IRPF que soportan las familias españolas son significativamente diferentes según su lugar de residencia, ya que todas las Comunidades Autónomas han hecho uso de su capacidad normativa. Las deducciones propias de carácter familiar presentan una gran dispersión —más de 160 tipos—, son de escasa cuantía, y son de complicado acceso.

6. Es necesario revisar la forma de imputación de rentas en el matrimonio especialmente cuando éstas provienen del factor trabajo. Éstas deberían recibir el mismo tratamiento que las rentas del capital, de forma que su imputación a uno u otro miembro de la unidad familiar se realice en función del régimen económico del matrimonio.

7. El IRPF debe ser neutral respecto al matrimonio, no gravando en exceso a los contribuyentes que opten por esta fórmula de convivencia. Debe evitar el exceso de gravamen que se produce como consecuencia de la acumulación de rentas o del origen de las mismas, al tratarse de un impuesto progresivo. El IRPF no debe ser un instrumento que se utilice para proporcionar incentivos a determinados comportamientos. Debe limitarse a tener en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente, sin dirigir a la sociedad hacia un modelo que, según los legisladores de cada momento, consideran el mejor.

8. La estructura del IRPF debe evitar que la decisión de un miembro de la unidad contribuyente de obtener rentas se vea afectada por consideraciones fiscales que, a su vez, dependan de las rentas que obtengan otros miembros de la misma unidad contribuyente.

9. El cumplimiento del principio de equidad fiscal vertical es perfectamente compatible con el cumplimiento del de equidad horizontal y es necesario que el IRPF se estructure para dar cumplimiento a ambos. Pero su configuración actual está incumpliendo, al menos, el de equidad horizontal. Las familias con idénticas circunstancias de renta, estado civil, número de hijos, origen de la renta, etc, están siendo tratadas de manera muy diferente, simplemente en función del lugar de residencia, presentando por tanto tipos efectivos diferentes en función del territorio.

10. La elección entre tributación individual y de manera opcional la conjunta no soluciona por sí sola los problemas de equidad y eficiencia que se detectan en el impuesto. Pero además, los datos muestran que los otros instrumentos utilizados para solucionarlos, tal como es la estructura actual del impuesto, tampoco lo hacen. No sólo no se protege a la familia (exigencia constitucional) sino que en ocasiones le obliga a realizar un mayor esfuerzo fiscal. La solución podría radicar, bien en una apuesta por la individualización estricta del IRPF, en línea con los diseños existentes en algunos países de la UE o, alternativamente, la consideración grupal del mismo, utilizando un sistema de promediación de rentas como el income splitting aplicado en otros países, o incluso la variante francesa del quotient familial.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación