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La Audiencia Nacional autoriza extraditar a Georgia al mafioso Kalashov

El tribunal le condenó el pasado mes de julio a siete años y medio de cárcel por blanqueo de capitales

La Audiencia Nacional autoriza extraditar a Georgia al mafioso Kalashov ABC

efe

La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha autorizado hoy la extradición del líder de la mafia ruso-georgiana instalada en España Zakhar Kniazevich Kalashov a Georgia, que le reclama para que cumpla allí una condena de 18 años de prisión. Así lo ha acordado el tribunal en un auto en el que condiciona la entrega de Kalashov -condenado por la Audiencia Nacional a 7 años y 6 meses de cárcel por blanqueo de capitales el pasado julio, junto a una multa de 20 millones de euros- a que las autoridades de Emiratos Árabes Unidos, donde fue detenido en 2006 y desde donde se le trasladó a España, autoricen su traslado a Georgia.

La segunda condición que impone la sala es que si prospera el recurso que la Fiscalía ha interpuesto ante el Tribunal Supremo (TS) para que también sea condenado por asociación ilícita, Georgia deberá rebajar las condenas impuestas por delitos de pertenencia a organización criminal y secuestro dictadas en rebeldía, al haber sido condenado en España por ese delito.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional apoyó la extradición de Kalashov e hizo hincapié en el hecho de que las autoridades georgianas habían dado garantías de que el juicio que se celebró en rebeldía contra el líder mafioso se repitiese.

Sin embargo, el tribunal no exige un nuevo proceso, ya que considera que, tras examinar la documentación enviada por Georgia, se ha de "asumir la corrección de todo el proceso que se siguió" en este país, incluyendo la sentencia del Tribunal Municipal de Tbilis del 13 de octubre de 2006. "No ha de convertirse este tribunal en revisor de las decisiones que adopten las autoridades de otro país en la aplicación de su derecho interno", explica.

Georgia respetó los derechos mínimos de defensa

No obstante, y aunque insiste en el que el proceso que dio lugar a la sentencia en rebeldía "respetó los derechos mínimos de defensa", subraya que las autoridades georgianas garantizan el derecho del reclamado a un nuevo juicio, mediante el procedimiento de la revisión, que "no tiene por qué ser un nuevo juicio". De esta manera, el tribunal responde a las alegaciones de la defensa de Kalashov, ejercida por el abogado Javier Gómez de Liaño, quien sostuvo que la actuación de las autoridades georgianas había sido "fraudulenta" al condenar en rebeldía a su cliente pese a conocer que se encontraba detenido en España. El auto subraya que la decisión de juzgar en rebeldía a Kalashov no se puede considerar "una decisión arbitraria", ya que si el procesado se encontraba fuera de Georgia cuando se celebró el juicio "es porque antes se había evadido de la Justicia georgiana". Además, apunta que en este juicio los intereses de Kalashov fueron defendidos por abogado, que llegó a recurrir la decisión del Tribunal de Tbilis al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. "Y lo que es más importante -insiste- es que se le concede la posibilidad de presentar recurso de apelación y conseguir la revisión del juicio". En cualquier caso, recalca que la documentación obrante en la causa lleva a "la confianza de que España y Georgia cubren esos mínimos esenciales en materia de respeto de garantías y derechos fundamentales" que exigen los convenios internacionales. "No debemos entrar a revisar la manera en que, conforme su específico sistema de derecho interno, se desarrollen esos mínimos, porque su desarrollo no tiene por qué ser coincidente, y menos tratar de supervisar un sistema con pautas traídas de otro", remacha. Mientras tanto, la cuestión planteada por la defensa acerca de que el proceso penal en España, que todavía no es firme, es "por los mismos hechos" que se le atribuyen en Georgia lo resuelve la Sala disponiendo que en el caso de que el Supremo resuelva favorablemente el recurso del fiscal y se le condene por asociación ilícita en España, las autoridades georgianas le descuenten la pena impuesta. El tribunal resalta que, en cualquier caso, el hecho que define la asociación ilícita en el procedimiento seguido en España "no es el mismo que el que constituye el objeto del procedimiento en Georgia" y explica que si no se permitiera la entrega de Kalashov por estos hechos se estaría privando a las autoridades de la ex república soviética de que "conociera en su integridad una conducta que, por ser más compleja, desborda" la causa española. Así, estima que en el caso de que el Supremo añada a los siete años y seis meses de cárcel que se le impusieron por blanqueamiento de capitales y el máximo de tres años y ocho meses de prisión por asociación ilícita, se le "descuente" esta condena a la pena impuesta por los tribunales georgianos. Por todo ello, el tribunal acuerda declarar procedente la extradición de Kalashov, "condicionada" a que, dado el caso, Georgia descuente esta hipotética condena del Supremo de la que deba cumplir en su país por el delito de ser 'ladrón en ley' y aque las autoridades de Emiratos Arabes Unidos den su autorización para que el reclamado sea entregado a Georgia. Igualmente, el tribunal no accede a la "entrega inmediata" que solicitó la fiscal Dolores Delgado y estima que la entrega se efectúe una vez se reciba la autorización de Emiratos Arabes Unidos y, en todo caso, cumplido el plazo de tres días para interponer recurso de súplica. Durante la vista de extradición celebrada el pasado 15 de septiembre, el líder mafioso se negó a ser extraditado hasta que no tenga garantías va a poder contar con una "defensa justa" en Georgia.

Líder de una organización criminal en la URSS

Fue condenado por el Juzgado Municipal de Tbilisi (Georgia) por ser el líder de una organización criminal georgiana gestada en la antigua Unión Soviética, en el año 1971. La esfera de influencia del grupo criminal abarcaba diferentes ámbitos como el control del juego y casinos, tráfico de drogas y de armas. En España, el representante del Ministerio Público acusó a este destacado 'capo' de liderar una organización que se dedicaba a blanquear en España "importantes cantidades de dinero" que se obtenían del tráfico de drogas y armas, asesinatos por encargo, extorsión, contrabando y el control de los principales casinos de la Federación Rusa.

Kalashov fue detenido en mayo de 2006 en Dubai, meses después de que se desarrollara la primera fase de la "Operación Avispa", en junio de 2005, que se saldó con 28 detenidos, entre ellos 22 "capos" de las mafias de la antigua URSS acusados de asociación ilícita, blanqueo de capitales y quiebra fraudulenta. Además, se realizaron 41 registros y se bloquearon más de 800 cuentas bancarias pertenecientes a 42 entidades bancarias distintas.

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