Transparencia ve inconstitucional la nueva ley de secretos que quiere aprobar el Gobierno
Advierte que permitiría ocultar datos que deben ser públicos, que vulnera el derecho de información de los ciudadanos y que choca también con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y con la legislación europea
Transparencia arremete contra Díaz y Marlaska por saltarse la ley para ocultar sus gastos
![El presidente Pedro Sánchez y su ministra de Defensa, Margarita Robles, en los actos del pasado 12 de Otubre](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/10/14/sanchez_robles-RKQOm6MdGBAr9s3Gl8yEj7H-1240x768@abc.jpg)
Demoledor informe del Consejo de Transparencia contra la nueva ley de secretos que quiere aprobar el Gobierno, la denominada Ley de Información Clasificada, que actualmente se encuentra en fase de anteproyecto. El Consejo de Ministros dio un nuevo impulso a su tramitación el pasado verano y ahora tocaba que el Consejo de Transparencia emitiera informe preceptivo.
Éste acaba de ver la luz esta semana y es contundente: el texto preparado por el Gobierno tiene vicios de inconstitucionalidad porque vulnera el derecho de los ciudadanos al acceso a la información pública, lo que a su vez afecta a los derechos fundamentales de libertad de expresión y de información, además de chocar con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de la Convención Europea de Derechos Humanos, que obligan igualmente a España.
La razón es que, según evidencia el Consejo de Transparencia, el anteproyecto de ley que ha preparado el Gobierno le otorgaría un margen excesivo, y en gran medida discrecional, para vetar el acceso de los ciudadanos a información que debe ser pública, por incómoda que le resulte a las autoridades.
«Desborda» la Constitución
El informe es rotundo al afirmar que el texto que ha preparado el Ejecutivo «desborda las previsiones constitucionales» sobre los límites legales al acceso de la información oficial por parte de los ciudadanos.
La legislación vigente tasa de forma restrictiva los supuestos en los que se puede cerrar el paso a cierta información pública. Sobre todo, los supuestos que afecten a la seguridad nacional y a la defensa. También otros casos sensibles como la seguridad pública, las relaciones exteriores, la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios, o que afecten gravemente a intereses comerciales.
Pero, en todos los casos, la ley exige que, si las autoridades apelan a alguno de esos supuestos para impedir el acceso a la información por parte de los ciudadanos, deben justificarlo de forma muy nítida, ha de estar probado que el perjuicio a los intereses públicos sería muy superior al derecho a la información que se ve vulnerado. Es decir, que esas limitaciones deben interpretarse de forma proporcionada y muy restrictiva en favor del derecho constitucional de acceso a la información.
Coletilla para rematar la discrecionalidad
El anteproyecto de ley que ha preparado el Gobierno, sin embargo, vulnera ese principio, según advierte Transparencia. Y lo hace no solo porque incluye un injustificado y amplísimo listado de supuestos a los que el Ejecutivo podría aferrarse para ocultar información, sino también porque, para rematar la discrecionalidad, incluye una coletilla que le dejaría las manos aún más libres: el supuesto genérico de «cualquier otro ámbito cuya salvaguardia requiera de un alto grado de protección». Indefinición máxima que choca gruesamente con la concreción especial que exige una ley que pretende limitar un derecho constitucional.
El texto que ha preparado el Gobierno prevé cuatro tipos de información a ocultar: alto secreto, secreto, confidencial y restringida. Este último es el más laxo a la hora de poder declarar inaccesible un expediente o dato oficial. No se conforma el Gobierno con los típicos casos del alto secreto, el secreto y la información confidencial. Añade la categoría de «restringido», para poder ampliar su margen de maniobra.
Derechos constitucionales perjudicados
Según el informe de Transparencia, «aparte de para otros derechos constitucionales, como las libertades de expresión y de información, esta amplitud e indeterminación en la configuración de los supuestos en los que se puede clasificar información puede resultar muy onerosa para el derecho de acceso a la información pública, en la medida en que con su extensión se interfiere de manera relevante en su alcance y en su finalidad».
Y esto, «particularmente», dice el informe, «en todos aquellos supuestos en los que disponer de la información concernida sea esencial para posibilitar que la ciudadanía conozca cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones, y, consecuentemente, pueda estar en condiciones de someter a escrutinio la acción de los responsables públicos, que son los fines perseguidos con la aprobación de la Ley de Transparencia».
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