El Pequeño Nicolás no entrará en prisión por falsificar un DNI para que le hiciesen la Selectividad
La Audiencia Provincial de Madrid suspende la ejecución de la condena a condición de que no delinca en los próximos 4 años

La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido que Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como 'el Pequeño Nicolás', no entrará en prisión para cumplir la condena a un año y nueve meses de cárcel que confirmó el Tribunal Supremo el pasado mes de diciembre, por falsificar un DNI para que un tercero hiciese por él la Selectividad. La pena quedará en suspenso durante cuatro años, siempre y cuando no cometa delito en ese periodo.
En un auto al que tuvo acceso ABC, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial toma en consideración que se trata de la primera sentencia firme en contra de Gómez Iglesias y el delito de falsedad en documento oficial por el que fue condenado sería «el primero en la cronología» de su «trayectoria delictiva».
En concreto, ha sido condenado ya otras dos veces por la Audiencia Provincial de Madrid, como repasa el mismo auto, pero el Supremo aún no se ha pronunciado sobre esas sentencias, que están recurridas. La primera es de tres años y medio de prisión por usurpación de funciones públicas y falsedad en documento oficial. La segunda, por cohecho y contra la intimidad, asciende en suma a cuatro años y tres meses.
Además, tiene en cuenta que los hechos tuvieron lugar en 2012, hace ya más de una década, que los cometió «cuando era apenas mayor de edad» y que el pasado 1 de febrero terminó de pagar la multa que se le impuso. Todos estos elementos, sumado a que la pena «es susceptible de ser suspendida» por no rebasar los dos años de cárcel y a que no conllevaba responsabilidad civil, llevan al tribunal a inclinarse por conceder al Pequeño Nicolás este «beneficio».
«Es cierto que el penado ha podido reiterar su actividad delictiva, pero también lo es que nos hallamos ante el análisis de su primera condena, por lo que esta reiteración podrá ser considerada en las ejecutorias que pudieran seguirse en virtud de las sentencias ya citadas», añade la resolución.
Acuerda así suspender por el plazo de cuatro años la ejecución de la pena de prisión, quedando la suspensión «condicionada a que no vuelva a delinquir en el plazo indicado pudiendo ser revocada en otro caso».
El caso Selectividad
Gómez Iglesias fue condenado en firme por el Tribunal Supremo el pasado mes de diciembre, cuando se ratificaron los extremos de la sentencia que había dictado en su contra el tribunal madrileño. En concreto, se dio por probado que el joven se concertó con otro para que el segundo acudiese en su lugar a realizar las pruebas de acceso a la universidad que se celebraban en septiembre de 2012.
Para conseguirlo, el Pequeño Nicolás acudió a una comisaría del barrio madrileño de Tetuán donde una funcionaria policial con la que no consta acreditado concierto previo, le rehizo el carné de identidad por razón de «deterioro». El problema es que el nuevo DNI llevaba la fotografía del joven que le haría el examen, no de Gómez Iglesias. La agente policial fue condenada por un delito de falsificación documental por imprudencia a una pena de multa que después, revocó el Supremo al no apreciar delito. Mientras, el joven que pasó el examen fue sentenciado a un año y medio.
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