La Universidad Rey Juan Carlos deberá pagar 18.000 euros a una profesora que encadenó contratos
Los sindicatos creen que esta sentencia podría afectar a «cientos de profesores»
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El Juzgado de lo Social número 18 de Madrid ha condenado a la Universidad Rey Juan Carlos a pagar una indemnización de 18.000 euros a una profesora por despido improcedente. La demandante ha ido concatenando contrato tras contrato desde octubre de 2017, lo ... que «excedió los límites legales», no cumpliendo con «los requisitos de la normativa».
Esta trabajadora comenzó su relación laboral con la universidad madrileña en octubre de 2017 como profesora visitante lector a tiempo completo impartiendo asignaturas vinculadas al Grado en Filología Inglesa, con una dedicación semanal de 37,5 horas y una retribución 1.414 euros brutos al mes.
Este contrato, cuya duración inicial era de un curso académico, se fue prolongando sucesivamente año tras año con condiciones laborales prácticamente idénticas en cuanto a la retribución mensual hasta el 31 de agosto de este año, cuando la Universidad Rey Juan Carlos tramitó la baja de la demandante por el «fin del periodo del contrato». En septiembre, esta profesora firmó un contrato de profesor ayudante doctor, con un salario de 1.858 euros brutos y una vigencia hasta el 11 de septiembre de 2025.
Un mes después, presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social número 18 de Madrid por despido improcedente y ante la «utilización abusiva de la contratación temporal bajo la figura de profesor visitante, en fraude de ley, para cubrir necesidades estructurales». La Rey Juan Carlos, en su defensa, argumentó que no se trataba de un despido, sino al finalización del contrato.
Sin embargo, la Justicia ha determinado que la concatenación de contratos «no estuvo orientada a cubrir necesidades coyunturales, sino estructurales y permanentes». Por ello, señala la sentencia a la que ha tenido acceso ABC, «se confirmar el uso fraudulento de la contratación laboral, lo que transforma la relación laboral en indefinida no fija desde el 5 de octubre de 2017».
De esta manera, la magistrada ha concluido que «la extinción unilateral de la relación laboral carece de justificación válida y constituye un despido improcedente». La universidad, recoge la sentencia, no acredió el cumplimiento de los requisitos formales ni la existencia de razones objetivas que avalaran la extinción del contrato indefinido no fijo de la demantante.
Por ello, la magistrada ha estimado parcialmente la demanda contra esta universidad madrileña y ha declarado la improcedencia del despido y condenado a la Rey Juan Carlos a indeminizar a esta profesora por la extinción de la relación laboral. La sentencia puede recurrirse ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Desde CSIF Madrid apuntan que esta resolución podría afecta a «cientos de profesores» y que la sentencia viene a reconocer que la «contratación temporal por parte de las administraciones es abusiva».
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