Crimen de Meco: la juez vuelve a archivar las imputaciones a los dos sospechosos por el «fracaso en la investigación»
La Audiencia Provincial de Madrid había obligado a la titular del juzgado de Alcalá de Henares a redactar un nuevo auto de sobreseimiento provisional, al encontrar el anterior falto de motivación y argumentos
![Miriam Vallejo Pulido, la víctima, fue asesinada cuando tenía 25 años](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2023/01/30/meco-RE9by2APAXl8Zs8rXodVe3N-1200x840@abc.jpg)
La juez de Instrucción número 5 de Alcalá de Henares, que lleva el asesinato de Míriam Vallejo Pulido, que tenía 25 años cuando recibió 89 puñaladas mortales hace ahora cuatro años en un descampado de Meco, ha vuelto a archivar el caso provisionalmente.
El sobreseimiento ... atañe especialmente a los dos investigados como presuntos sospechosos del crimen, Sergio S. M. (compañero de piso y entonces novio de la mejor amiga de Mimi, Celia, con las que vivía desde hacía dos meses en Villanueva de la Torre, Guadalajara), y Alberto B. L., un preso común y toxicómano que se autoinculpó del asesinato en diciembre de 2020 ante sus terapeutas de Remar.
No fue hasta un año después cuando la magistrada recibió el informe de la Guardia Civil sobre este segundo investigado, en el que los agentes le restaban credibilidad a esa confesión.
El pasado septiembre, la Sección 30ª estimó parcialmente el recurso contra el archivo provisional del caso, transcurridas las prórrogas procesales, interpuesto por la familia de la muchacha. De este modo, reconoce el tribunal que la juez instructora, de Alcalá de Henares, no argumentó correctamente en su auto el cierre temporal del asunto, que dejaba, además, a los dos hombres investigados sin imputación alguna ni medida cautelar.
La togada se basaba, sobre todo, en la prueba de ADN, que no había sido concluyente en el caso de Sergio ni mucho menos positiva en el de Alberto. Sobre su compañero de piso, triunfó la tesis enarbolada por su abogado defensor, quien adujo que se había producido una transferencia genética entre las prendas de su patrocinado y las de Míriam, pues, al convivir en la misma casa, hacían juntos la colada.
Reproches a la Guardia Civil
El nuevo auto llegó justo ayer, y es durísimo contra la Guardia Civil. «El sobreseimiento provisional es una declaración de voluntad judicial que pone fin al proceso de forma interina -dice la instructora-, por falta de presupuestos necesarios para decretar la apertura de juicio oral«.
Y añade: «Es, en definitiva, la consecuencia procesal del fracaso de la investigación, que no alcanzó los objetivos que, en principio, se perseguían», en referencia a la identificación de un culpable al que sentar en el banquillo.
«La provisionalidad del sobreseimiento tiene, como consecuencia directa e indirecta, la procedencia de la reapertura de las diligencias», si es que aparecen nuevas pruebas.
La acusación particular recurrió el auto de archivo anterior, por el fondo y por la forma; la Fiscalía se adhirió, aunque solo en el segundo supuesto. En la resolución de la Sección 30ª, del 12 de septiembre se concluía: «Tienen en parte razón ambos recurrentes sobre sus peticiones de nulidad. Huelga decir que todo justiciable tiene derecho a obtener la tutela efectiva en el ejercicio de sus acciones judiciales (...). Y en el presente caso tal derecho fundamental debe ser cumplimentado por la magistrada 'a quo' para que se pronuncie solo sobre su decisión de sobreseer provisionalmente la presente causa, habida cuenta de los numerosos indicios que la acusación particular ha considerado incriminatorios contra ambos investigados, aun cuando el Ministerio Fiscal los haya impugnado«.
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