Hazte premium Hazte premium

Ayuda de más de 1000 euros en Madrid para mayores de 25 años: estos son los requisitos

La Comunidad dispone de una prestación básica que se cobra con carácter mensual

Estos son los precios por zonas del abono transporte de Madrid sin ayuda del Gobierno ni de la Comunidad

Qué pasa ahora con el precio del abono transporte de Madrid tras decaer el decreto Ómnibus del Gobierno

La ayuda de la Comunidad de Madrid para mayoes de 25 años abc
V.L

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Ante el coste de vida tan elevado de la actualidad hay personas que no pueden afrontar todos los gastos. En este sentido, existen ayudas como la Renta Mínima de Inserción.

Se trata de una prestación económica, integrada por una prestación mensual básica y un complemento variable. En Madrid, la pueden percibir todos aquellos que acrediten tener residencia legal en la Comunidad y reúnan una serie de requisitos.

Asimismo, hay que estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid «teniendo una residencia efectiva y continuada en el territorio durante el año inmediatamente anterior a la solicitud». Además, hay otros criterios de edad, de recursos económicos o de circunstancias familiares.

Requisitos para acceder a la Renta Mínima de Inserción

  • Residir de manera permanente en la Comunidad de Madrid y estar empadronado en alguno de sus municipios

  • Ser mayor de 25 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud

  • Ser menor de 25 o mayor de 65 y tener menores o personas con discapacidad (en grado igual o superior a 45%) a su cargo

  • Tener entre 18 y 25 años y concurrir alguna de las siguientes circunstancias: haber estado tutelado por la Comunidad de Madrid hasta la mayoría de edad, orfandad absoluta, grave exclusión social, ser víctima de violencia en el ámbito familiar o violencia de género, participar en un programa de inclusión reconocido por la Consejería de Políticas Sociales y Familia

  • Ser mayor de 65 años, carecer de ingresos o tener ingresos inferiores al importe de prestación mensual básica de Renta Mínima, siempre que se trate de una persona que viva sola o sea miembro de una unidad de convivencia en la que nadie pueda ser titular de la prestación, haya recaído resolución expresa de denegación de pensión de jubilación no contributiva

  • Constituir una unidad de convivencia con una antelación mínima de 6 meses

  • Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida

  • Haber solicitado a los organismos correspondientes, con carácter previo a la solicitud de renta mínima de inserción, las pensiones y prestaciones a que la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar pudieran tener derecho

  • Tener escolarizados a los menores que formen parte de la unidad de convivencia en edad de escolarización obligatoria

  • Haber suscrito el compromiso de formalizar el preceptivo programa individual de inserción y de participar activamente en las medidas que se contengan en el mismo

Cuantía de la Renta Mínima de Inserción

En cuanto a las cuantías, el importe depende de las circunstancias de la persona, aunque va desde los 469,93 euros hasta los 1134.

De esta manera, la Comunidad de Madrid detalla que una persona que vive sola, sin otros ingresos, la cuantía sería de 469,93 euros al mes; dos personas, 587,41 euros al mes; y tres 662,52 euros. La cuantía máxima es de 1134 euros.

En el caso de que la unidad familiar tenga ingresos «estos se deducirán de la cuantía de la Renta Mínima de Inserción que le corresponda» y por lo tanto la cuantía final sería la diferencia. En el caso de que convivan varias personas con derecho a esta cuantía se aplicarían coeficientes reductores.

«La prestación se percibe mensualmente, sin pagas extraordinarias, y si el titular carece de otros ingresos económicos no está obligado a efectuar la declaración del IRPF», destaca la Comunidad de Madrid.

Plazo y cómo solicitar

La solicitud de esta ayuda se realiza en el centro municipal de servicios sociales que corresponda al domicilio de solicitante, aunque también se puede solicitar vía online.

El plazo es indefinido y no requiere pago de tasas. Para solicitar la ayuda hay que presentar una serue de documentos como el certificado de empadronamiento, DNI de los solicitantes, libro de familia, certificado de escolaridad si hubiese menores en edad escolar, certificados del SEPE haciendo constar si se cobra o no la percepción de prestación o subsidio por desempleo o RAI o resolución del organismo competente relativo a la percepción de prestaciones o pensiones de la Seguridad Social, entre otras cuestiones que se especifican en la página web de la Comunidad de Madrid. También el formulario de solicitud pertienente.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación