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Las 140.000 familias numerosas de Madrid pueden acceder ya a sus tarjetas virtuales con vigencia hasta que el hijo menor tenga 26 años

Deja de expedirse para las familias madrileñas con 3 o más hijos la tarjeta física

Las familias numerosas no logran mantener su nombre y se las llamará de «apoyo a la crianza»

Feria dedicada a las famiilas numerosas en Madrid belén díaz
Sara Medialdea

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Las familias numerosas de Madrid, 140.000 en números redondos, podrán acceder a sus títulos y tarjetas individuales de forma virtual a través de la app regional. En ellas aparecerá la nueva fecha de vigencia, que se ha prolongado automáticamente hasta que el menor de los hijos cumpla los 26 años de edad.

Así lo han explicado a ABC fuentes de la Consejería de Familias, que dirige Concha Dancausa. A raíz de la entrada en vigor del Decreto del Gobierno regional que renueva de manera automática la vigencia del título de familia numerosa -como se ha dicho, hasta que el menor de los hijos cumpla los 26 años de edad-, se ha habilitado la app para que se pueda se hace posible conseguir las tarjetas de forma virtual.

De hecho, las nuevas tarjetas para familias numerosas con tres o más hijos ya sólo se dan a través de la app, virtualmente. Quienes tienen aún tarjeta física, en la app le saldrá ya con la fecha nueva -la del 26º cumpleaños del menor de los hijos-, por lo que todas las gestiones se van a hacer ya a través de la app. El objetivo, explican, es «facilitar la vida a las 140.000 familias que ostentan esa condición en la región».

A partir de ahora, por tanto, las familias numerosas pueden descargar ya sus títulos y las tarjetas individuales de cada uno de sus miembros en la app 'Tarjeta Familia Numerosa', para tenerlas siempre en sus dispositivos de manera virtual. Esto elimina la necesidad de llevar encima una tarjeta física.

Esta aplicación, que ya lleva años en funcionamiento, ha incluido varias mejoras para hacer su manejo más sencillo e intuitivo y facilitar las descargas de estos títulos. De esta forma, se han multiplicado las posibilidades de acceso: hasta ahora estaba limitado a los titulares de clave permanente, pero ahora también permite entrar con clave pin e IDentifica, que no exige ser titular de un certificado digita. Esto facilita su uso a menores de edad que ya tengan móvil.

Tardan más en irse

Una vez dentro, los usuarios titulares podrán descargar el título general o el certificado del histórico del mismo, y progenitores e hijos también podrán obtener las tarjetas individuales con la nueva fecha de caducidad.

Con el cambio introducido por este Decreto regional, se adapta el contenido de la normativa vigente «a una realidad social en la que la edad de permanencia de los hijos en el hogar familiar se ha prolongado, como consecuencia de la duración de sus estudios y del tiempo necesario para que los jóvenes puedan contar con independencia económica para conformar un proyecto de vida propio e independiente de sus padres», explicó la consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa.

Hasta ahora, cuando uno de los hijos cumplía los 21 años, tenía que certificar que continuaba estudiando y renovar el título de todos los miembros de la unidad. Un procedimiento que había que repetir cada vez que otro de ellos alcanzaba esa edad. Ahora, ese requisito ha desaparecido, con la emisión automática de títulos válidos hasta los 26 años para cada uno de los hijos, mientras que el de los progenitores estará vigente hasta que el menor de ellos los cumpla.

La familia comunica cambios

Si alguno de los hijos incurre en alguna de las causas establecidas por ley para su exclusión, como haber terminado los estudios, será la familia la que deberá comunicar esta circunstancia a la Administración regional, que retirará el título individual de esa persona manteniendo el resto de miembros los beneficios a los que da derecho.

Entre los beneficios que otorga el título de familias numerosas de la Comunidad de Madrid, están la deducción de 900 euros en el IRPF por nacimiento o adopción a partir del tercer hijo, el incremento de un 10 por ciento de la cuantía autonómica aplicable en este impuesto en concepto de mínimo por descendiente a partir del tercer vástago, el descuento del 20 por ciento (categoría general) o del 50 por ciento (categoría especial) en el abono transporte o la exoneración del pago para familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50 por 100 en las de categoría general en los precios públicos por diversos servicios y actividades en los centros educativos públicos.

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