Álvarez-Cascos, absuelto de apropiación indebida porque el partido «consintió» los gastos
El tribunal considera probado que cargó gastos personales a Foro Asturias pero entiende que la dirección los autorizó
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el TSJ del Principado
Álvarez-Cascos, en el banquillo: «Los gastos del partido eran para mantener mi nivel de vida»
El tribunal que juzgó al exvicepresidente del Gobierno y exministro de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos , considera probado que destinó dinero del partido que fundó, Foro Asturias, para todo tipo de gastos personales: entradas para la Copa Davis, un psicotécnico para permiso de armas, ... turrones, un videojuego, un colchón, un canapé, entradas para el Circo del Sol y varias facturas en restaurantes, entre otros.
También que su formación abonó casi 174.00 euros a una empresa fundada por Cascos y administrada por su entonces esposa, María Porto, por el alquiler de un despacho y dos plazas de garaje en Madrid entre 2012 y 2013, tal y como desveló ABC. Y que, en mantenimiento y reparación de sus vehículos particulares, el político cargó a Foro Asturias más de 10.500 euros.
Pero, según los jueces, Cascos nunca ocultó a Foro Asturias los gastos, que presentaba de manera periódica para su contabilización y autorización, y «todos los cargos de dirección y gobierno del partido consintieron expresa o implícitamente« los mismos.
Es por ello que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo le ha absuelto de un delito continuado de apropiación indebida, por el que la Fiscalía solicitaba tres años y medio de prisión y que indemnizara a Foro Asturias con 181.648,92 euros. Cabe recordar, no obstante, que la sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado.
En la resolución, hecha pública hoy y a la que tuvo acceso ABC, el tribunal concluye además que Cascos no tenía obligación de devolver el dinero que gastó y no tenía acceso directo a los fondos del partido, «pues no disponía de firma autorizada en las cuentas bancarias ni de tarjetas de crédito o débito asociadas«. Reprocha que eran otras personas las que autorizaban los pagos y que, a diferencia del expresidente del Principado, no han sido acusadas ni llevadas a juicio.
«O actuaban con la conciencia y voluntad de ser elementos instrumentales de la deliberación depredatoria del dirigente absoluto, identificando las correspondientes autorías por cooperación necesaria, y nadie los acusa por ello, o actuaban indolentemente abdicando de ejercer las responsabilidades que les correspondían, lo cual no es creíble«, se puede leer en la resolución.
Esto, sumado a que el exministro reportaba y pedía permiso para hacer uso del dinero de la formación -entienden los jueces-, no permite hablar de que hubiera «una ruptura dolosa del fundamento de la confianza en base a la que se entregaba el dinero, ni ninguna deslealtad o incumplimiento del encargo recibido por el acusado«.
Ni siquiera aunque se aceptara la teoría defendida por las acusaciones durante el juicio, de que Cascos, dentro de Foro Asturias, tenía un control absoluto en todos los órdenes, tanto políticos como económicos. «Aunque se admitiera que por la forma presidencialista con la que el acusado llevaba las riendas de la formación política, en todos los órdenes, él tenía el manejo de los fondos que como administrador de facto tenía que gestionar en beneficio de los fines del partido, todos los cargos de dirección y gobierno del partido consintieron expresa o implícitamente los gastos«, razonan.
«La sede existió y se utilizó»
En lo que respecta a los 174.000 euros que el partido abonó a una empresa administrada por su entonces mujer, María Porto, para el alquiler de una oficina en Madrid, los magistrados concluyen que el «contrato de las oficinas se celebró, se cumplió y se canceló, y durante su vigencia se dio el uso correspondiente a sus instalaciones documentándose contablemente los gastos que comportaba«.
Consideran probado que se arrendó «con vistas a las elecciones europeas de 2014« y el alquiler »se fraguó en la reunión de la Comisión Directiva de 24 de julio de 2013«, sin que sus miembros plantearan algún tipo de conflicto ético. En este sentido, dan credibilidad también a la declaración de Porto, quien aseguró en el juicio que en el despacho en cuestión »se cruzaba con gente de Foro, en el pasillo, el café o en la sala de juntas«; así como a la testifical del conductor del partido, que afirmó que llevaba y recogía a Cascos de la oficina »y allí recogió documentación de campaña de las elecciones europeas, participó en el desmantelamiento de Castellana 91 y trasladó un sofá-cama a un almacén de Oviedo«.
«En consecuencia, habrá que aceptar que la sede existió y se utilizó, y quien perteneciendo a la estructura orgánica del partido lo niegue será porque se conducía despreocupadamente respecto de los intereses de la formación«, reza la sentencia.
Sobre los gastos de más de 10.500 euros en mantenimiento de los coches Audi A6 y Toyota Land Cruiser que Cascos cargó a la formación razonan los jueces que, aunque su justificación pueda ser dudosa, «no es ninguna excentricidad asociar a la actividad del partido el uso de vehículos particulares», pues según los conductores de Foro Asturias, cuando los oficiales estaban en revisión, utilizaban los coches mencionados para los desplazamientos de Cascos, dado que los «actos del partido o de conciliación familiar eran innumerables».
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