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La Aesia se queda en La Coruña: el Tribunal Supremo desestima el recurso de Granada

El Tribunal Supremo considera que el Gobierno motivó adecuadamente su decisión por lo que no ve vulneración de derechos

Los magistrados consideran que la decisión del Consejo de Ministros fue objetiva

La Coruña albergará la sede de la Agencia Española de Inteligencia Artificial

Nadia Calviño en su visita la futura sede de la Agencia de Supervisión de la Inteligencia Artificial hace un año EFE

Noela Vázquez

Santiago

El 5 de diciembre se cumplió un año desde que el Gobierno central designó La Coruña como la futura sede de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (Aesia), en un intento por descentralizar el sector público del país a lo largo del territorio. Un mes después, el Ayuntamiento de Granada —otra de las ciudades candidatas— presentaba un recurso contra la decisión del Consejo de Ministros, que finalmente el Tribunal Supremo desestimó al entender que se explicaron correctamente las motivaciones y que no se lesionó el principio de objetividad.

El Supremo ha comunicado este lunes su posición —a la par que ha anunciado que desestimaba también el recurso contra la elección de Sevilla como sede de la Agencia Espacial Española, presentado por Aragón—, al entender que "la decisión final motivada de esta selección incumbe al Consejo de Ministros" que eligió una de las tres candidaturas —Alicante, Granada y La Coruña— que "se calificaron por la comisión consultiva como 'de excelencia'". Asimismo, los magistrados han considerado que el proceso se llevó a cabo "explicitando las razones de la decisión mediante la correspondiente motivación, por lo que no se ha lesionado el principio de objetividad bajo el que debe realizar su labor la Administración Pública".

Precisamente, esta es una de las cuestiones que alegó el Ayuntamiento de Granada, que consideró que el informe no reflejaba qué valoraciones le daba a cada candidatura para calificarlas como 'de excelencia'. Además, desde el Consistorio de la ciudad andaluza se criticó que no hubiese "constancia alguna" de que dicho informe se trasladase a la comisión consultiva antes de la fecha en la que se tomó la decisión, el 5 de diciembre del 2022.

Ante estas cuestiones, tal y como recoge Ep, los magistrados responden al recurso de Granada que el hecho de que esta ciudad apareciese en primer lugar en el informe "no conlleva efecto alguno para la recomendación de La Coruña", y que "un determinado orden" en un listado "no crea expectativa alguna en una concreta postulante que quiebre el principio de confianza legítima [...] si, finalmente, se resuelve de otro modo". Además, desde el TS consideran que el hecho de que la reunión de la comisión consultiva tuviera lugar el mismo día del acuerdo del Consejo de Ministros "carece de la relevancia".

El acuerdo "no debe atender a la candidatura con mayor puntuación, sino a una de las candidaturas 'de excelencia'", indica la sentencia del Supremo, que pone un año después el punto final a esta polémica y ratifica la decisión del Gobierno central sobre el emplazamiento de la sede, que será —como estaba previsto— en el edificio histórico de La Terraza.

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