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La Fiscalía se suma a Begoña Gómez y recurre la citación de Sánchez

Pide al juez Peinado que la testifical del presidente del Gobierno, prevista para el día 30, quede sin efecto mientras resuelve

Y se muestra «radicalmente» en contra: «¿Qué se espera que declare sobre la actividad atribuida a su esposa?»

La defensa de Begoña Gómez recurre la citación de Sánchez como testigo

Pedro Sánchez durante su intervención en el Congreso de los Diputados el pasado día 17 ep
Adriana Cabezas

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La Fiscalía se suma a la defensa de Begoña Gómez y recurre la decisión del juez Peinado de citar en calidad de testigo al presidente del Gobierno en la causa que se sigue contra su mujer por delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias. El Ministerio Público se muestra «radicalmente en contra» de la medida y sostiene que «no es útil» al ser sabido que Sánchez no está obligado a declarar dado que la ley exime a los cónyuges de los investigados de tener que testificar.

«¿Qué se espera que declare el testigo llamado sobre la actividad atribuida a su esposa? ¿Que sea la primera persona de los llamados que afirme esa influencia y prevalimiento?¿Que la conocía o qué participó? ¿Qué colaboró? ¿Que fomentó la actividad?«, pregunta el fiscal en el recurso. »Porque la parquedad de la resolución dictada, no nos permite conocer ciertos extremos de la misma«, reprocha.

En caso de que el magistrado mantenga su intención de interrogarle, el Ministerio Público pide al instructor que permita a Sánchez contestar a las preguntas por escrito tal y como contempla la ley al tratarse del jefe del Ejecutivo. Y, en cualquier caso, exige que deje «sin efecto» la declaración hasta que resuelva el recurso.

«La propia cercanía en la fecha de la declaración resulta anómala, impidiendo casi seguro, que los eventuales recursos puedan ser objeto de tramitación y resolución en plazo, y por supuesto, el eventual control revisor a través del recurso de apelación«, justifica.

En un escrito de cinco páginas presentado ante el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, al frente de las pesquisas, el fiscal del caso, José Manuel San Baldomero, se opone a la comparecencia al entender que el magistrado ha optado por la medida «más invasiva y lesiva» para Sánchez sin justificación alguna. Reprocha que la providencia en la que el juez acordó la testifical está «más centrada en las circunstancias accesorias de la grabación de las imágenes», pues está previsto que la declaración se registre en vídeo, que en «motivar» la decisión de citarle.

«Debemos interpretar para tratar de entender la resolución dictada que la misma entiende que los hechos objeto de su declaración son hechos de los que no ha tenido conocimiento el testigo por razón de su cargo, y de ahí, que no se plantee una eventual declaración por escrito«, explica el fiscal, pues la legislación exime a los miembros del Gobierno de tener que declarar presencialmente ante un juez salvo que las cuestiones por las que vayan a ser preguntados sean de su esfera privada. No obstante, para el Ministerio Público, aun tratándose de hechos que han podido ser conocidos en atención a su relación personal y familiar, »no lo es menos que dicha posición aparece estrechamente vinculada a hechos relacionados con su cargo«.

En este sentido, el fiscal insiste en que en las denuncias y querellas que impulsaron la causa contra Gómez se hace mención a que su marido ocupa la presidencia del Gobierno y, por ello, dice que si el juez «fuera coherente» no se trasladaría al Palacio de la Moncloa el próximo 30 de julio para tomarle declaración, «acudiendo al subterfugio» de encuadrar su testifical en hechos de los que habría tenido conocimiento en su faceta personal.

Sobre la resolución de Peinado en la que justificó la citación de Sánchez en la necesidad de investigar un supuesto «tráfico de influencias en cadena» así como «la posible relación de la persona investigada con una autoridad», reprocha el fiscal que «no se sabe a qué autoridad se está haciendo referencia». Y recuerda que en el procedimiento ya ha habido «disfunciones respecto a las testificales» pues «ya son dos las personas traídas a la causa como testigos» - el empresario tecnológico Carlos Barrabés y el rector de la Complutense, Joaquín Goyache, que, «tras declarar bajo juramento, han sido imputadas y han pasado a tener la consideración de investigadas sin motivación alguna».

El Ministerio Público, como ya ha hecho la defensa de Begoña Gómez en su recurso, también afea al juez que haya mencionado en su resolución artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que no existen. «No hallamos ni punto 2.12 del 412 Lecrim ni párrafo 12 del artículo 413 Lecrim, tratándose de errores quizás debidos a la premura con que se dicta la resolución. Premura que se pone también de manifiesto a la vista de la brevedad del lapso que media entre la resolución dictada y el día previsto para la declaración testifical, dificultando la tramitación y resolución en plazo de los recursos«, se puede leer. Teniendo en cuenta, además, que »no hay urgencia de ningún tipo«, sostiene.

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