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El Gobierno encarga adaptar la Ley del Poder Judicial al Estatut

El Ejecutivo quiere satisfacer «las aspiraciones de los ciudadanos de Cataluña de más autogobierno»

EFE

I.Z. y | EP

El Consejo de Ministros ha encargado al Ministerio de Justicia que inicie la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y comience de este modo la reforma del Estatut para que contemple la delegación de competencias a los consejos autonómicos de Justicia y evitar, de este modo, la inconstitucionalidad del Estatuto de Cataluña en este capítulo, anulado por la sentencia del Alto Tribunal el pasado 29 de junio.

El Ejecutivo ha recibido hoy un informe de Manuel Chaves sobre los pasos que ha de dar para "desarrrollar el Estatut" tras haber clarificado "los términos de la sentencia" hecha pública hace poco más de un mes por el Alto Tribunal . Tal y como ha explicado María Teresa Fernandez de la Vega durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Ejecutivo quiere "impulsar" el Estatut "en todos sus ámbitos" y en el "marco aprobado por las Cortes y refrendado por los ciudadanos".

No obstante, la única reforma legislativa que se prevé en el texto recortado por el TC y cuyos cambios han supuesto un vendabal político en Cataluña , es la reforma ya anunciada de la Ley Orgánica del Poder Judicial además de traspasar competencias pendientes en la sentencia. Con ello, el Gobierno pretende satisfacer las "aspiraciones de los ciudadanos de Cataluña de más autogobierno y también dar canalización a sus sentimientos identitarios".

En el caso del Síndic, se establecerá un convenio con el Defensor del Pueblo para resolver el conflicto legal

En palabras de De la Vega, la reforma "tendrá una doble vertiente". Por un lado, analizar las competencias que el Consejo General del Poder Judicial puede delegar a los consejos de justicia que se establecen en los nuevos estatutos de autonomía , no sólo el catalán, y por otro, la incorporación "de los fiscales a los consejos de justicia", tarea que realizará el ministro de Justicia, Francisco Caamaño.

Convenio para el Síndic de Greugues

En el caso del Síndic de Greugues , en el que el TC anuló el apartado del artículo 78.1 que hacía referencia a la exclusividad para operar en Cataluña dado que «se vulneraría el artículo 54 de la Constitución Española» (que alude a que el Defensor puede supervisar la actividad de la Administración como garantía de las libertades y derechos fundamentales y dar cuenta a las Cortes), el Ejecutivo considera que bastaría con establecer un convenio de cooperación entre el Síndic y el Defensor del Pueblo para resolver así el conflicto legal y permitir su aplicación.

De este modo se sigue la aclaración del TC en su sentencia, por la cual las funciones del Defensor del Pueblo no se limitan «únicamente» a la Administración central.

Al margen del capítulo legislativo, tal y como ha señalado De la Vega, el Gobierno convocará próximamente una Comisión Delegada en política autonómica para "evaluar, analizar y dar impulso" a los traspasos de competencias pendientes y a los que ya están en marcha. El objetivo, según la vicepresidenta primera, es que la Comisión Bilateral Estado-Cataluña, en la que se negocian y acuerdan estas cuestiones, se pueda reunir en el mes de septiembre.

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