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«Pagué hasta donde pude»: así se liberó un autónomo de una deuda de 500.000 euros con la Agencia Tributaria

Un Juzgado de Valencia exonera a un empresario de sus obligaciones con Hacienda y el Ayuntamiento de Torrent gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

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Imagen de archivo de la fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia MIKEL PONCE
David Maroto

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EL Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Valencia ha exonerado a un autónomo de hacer frente a una deuda de 518.863 euros contraída, entre otros, con la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Torrent. La liberación de sus obligaciones económicas ha sido posible gracias a la cada vez más conocida Ley de la Segunda Oportunidad, con la que ha podido acreditar que «pagó hasta donde pudo» y que fue «un deudor de buena fe».

Cada vez más ciudadanos recurren a la citada norma, regulada en la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, así como en el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. Entidades como la Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido superar en lo que llevamos de 2023 los números de concursos de acreedores para pequeños empresarios de todo 2022, llegando a alcanzar la cifra de varios millones de euros liberados.

El último caso, según queda reflejado en la sentencia que obra en poder de ABC, es el de un autónomo de Torrent que, con la crisis financiera y económica de 2008, se vio notablemente perjudicado al tener que cerrar su negocio vinculado al sector de la construcción. Tras bajar la persiana, dejó de percibir ingresos durante una larga temporada, en la que dejó de poder hacer frente a sus gastos diarios y a los préstamos que ya mantenía de cuando puso en marcha su empresa. Por ello, se vio obligado a pedir nuevos créditos con la esperanza de que sus ingresos volvieran a alzarse.

No ocurrió así. De hecho, según relata a este periódico, intentó sin éxito conseguir un aplazamiento de sus obligaciones de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y el Ayuntamiento de su localidad. «Considerando que estas obligaciones ya empezaban a embargar, se vio envuelto en una situación bastante desagradable de la cual no encontraba la salida, aunque ya contaba con un trabajo estable y había dejado atrás su etapa como autónomo, su nueva nómina como jefe de almacén no era suficiente para poder pagar todos los gastos y préstamos atrasados«, explica su abogada Laura Muñoz.

Llegado este punto, en diciembre de 2022, contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especialistas en ayudar a personas insolventes. Estos profesionales fueron los que estudiaron su caso y aconsejaron al deudor acogerse a la llamada Ley de la Segunda Oportunidad.

A pesar de las dudas de este vecino acerca de si se le concederían la exoneración de las deudas públicas, su letrada, contando ya con sentencias favorables en casos similares, fue tajante al respecto: «Los tribunales cada vez son más conscientes de que los créditos públicos se deben incluir en el mecanismo de segunda oportunidad, si no, este instrumento no cumpliría los objetivos que nos marca la Unión Europea con él».

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad

El primer trámite fue comunicar al Juzgado Mercantil de Valencia la situación del interesado mediante un «preconcurso de acreedores», desde este momento el deudor no tiene obligación de pagar ninguna de sus deudas y «por supuesto no puede recibir ningún tipo de embargo», explican desde la asociación.

El objetivo directamente fue solicitar concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil para la condonación de las deudas, acreditando fehacientemente que era un deudor de buena fe y que intentó pagar siempre que pudo. «Cumpliendo este requisito, el perdón definitivo de sus deudas quedaba casi asegurado», insisten.

Dicho y hecho, una vez comprobado estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a este deudor libre de pagar 518.863,44 euros. Con esta sentencia los acreedores del concursado, incluidos BBVA o la Diputación de Valencia, no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a este exautónomo.

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