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Un juez exonera a un exadicto a las apuestas online de pagar una deuda de 46.000 euros

Este vecino de Valencia se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad tras superar sus problemas con el juego en Proyecto Hombre

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Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Valencia MIKEL PONCE
David Maroto

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Primero fue un larga temporada sin trabajo y después un problema de adicción al juego que superó tras acudir de manera voluntaria a Proyecto Hombre. Este vecino de Valencia se topó con un colapso financiero que le llevó a arrastrar una deuda de 46.000 euros fruto de este «periodo oscuro» de su vida. Ahora, un juez le ha exonerado de pagar esta cantidad de dinero gracias a la cada vez más popular y recurrida Ley de la Segunda Oportunidad.

En este caso, el equipo legal de Aliter Abogados aconsejó al deudor que se acogiera a esta normativa declarándose insolvente y presentando un concurso voluntario, a fecha 20 de diciembre de 2023, con todas las deudas contraídas. Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, el pasado 31 de enero de 2024, (en apenas 42 días) le concedió el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) permitiéndole cancelar la cantidad apercibida.

Este valenciano accedió al procedimiento después de haber superado con éxito su paso por Proyecto Hombre. Entonces, ya acumulaba una deuda de 46.000 euros generados por problemas laborales y personales en los que «los estupefacientes y el juego online le hicieron perder la estabilidad financiera». «Una vez controlados sus impulsos», gracias a la ayuda del centro Proyecto Hombre de la Fundación Arzobispo Miguel Rosa, «decidió recuperar el control de su vida acogiéndose a esta ley», explican sus letrados.

Así, encontró «una balsa en medio del caos», tanto financiero como emocional, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. «Llegué pensando que no podría salir del bucle de las deudas, pero al final he conseguido salir de este pozo y ahora tengo ganas de seguir adelante, mejorando y centrándome en no recaer», comenta el exonerado.

Para conseguir la liberación de los 46.000 euros, sus abogados trataron de conseguir un acuerdo extrajudicial de pagos donde el mediador concursal alcanzara un pacto con los acreedores teniendo en cuenta las posibilidades económicas del deudor.

No obstante, matizan que hay casos, como este, que dicho acuerdo no puede llevarse a término y tras la liquidación del patrimonio del deudor se solicita la exoneración del pasivo insatisfecho. En este supuesto, tras declararse insolvente, el deudor y su representante legal acudieron al Juzgado donde se les asignó un administrador concursal que analizó toda la documentación aportada y expuso ante el juez su situación actual «haciendo mención a aquellas circunstancias que deban tenerse en cuenta durante el procedimiento».

«Estamos contentos no solo por la rapidez del auto de exoneración también por conseguir que se haya quitado este problema de encima y se centre en lo realmente importante ahora que puede comenzar de nuevo y pueda recuperarse», señalan desde el despacho valenciano.

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