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Fin a la «guerra del cava»: el Supremo tumba el recurso catalán y avala la denominación Requena

Los productores valencianos celebran la decisión judicial y confían en el inicio de una nueva etapa sin conflictos y de prestigio para la bebida espumosa

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Emilio Expósito, Fernando Medina y Fermín Pardo en la bodega Dominio de la Vega de Requena ABC
David Maroto

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La batalla judicial del cava llega a su fin. El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso catalán a la sentencia favorable del TSJ de Madrid que permitía a los viticultores valencianos usar la denominación Requena y avala de manera definitiva su anhelado reconocimiento y empleo en el etiquetado a escasas semanas del inicio de la campaña navideña.

Después de un largo litigio, en Providencia del 16 noviembre, el Supremo ha decidido no admitir a trámite el recurso liderado por los productores catalanes por el incumplimiento de las exigencias legales que estipula el artículo 89.2 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa, en tanto que el escrito de preparación carece de fundamentación suficiente para poner en evidencia lo decidido por el TSJ hace casi un año.

La resolución, que es firme, supone «el derecho de los productores de Requena a identificar en beneficio del consumidor el lugar de procedencia del cava que elaboran», según celebran los viticultores valencianos. Así las cosas, esperan que acabe una etapa «que, si bien conflictiva, ha sido desarrollada con enorme respeto entre los miembros del Pleno de la DOP Cava».

Al respecto, la sociedad Dominio de la Vega, representada por Fernando Medina, ha manifestado que la sentencia «no debe alterar en ningún sentido el esfuerzo que todos los miembros del Pleno están realizando en su objetivo de prestigiar y dar a conocer la importancia del nombre cava, identitario de un producto de enorme calidad; así como de su región productora fruto de un esfuerzo por zonificarla que persigue mejorar su imagen y prestigio».

«Todo ello sin olvidar -continúa- la necesidad de mejorar la renta de los viticultores por su contribución al prestigio del cava, ni el valor añadido que aportan las bodegas elaboradoras en la producción de tan agradable bebida, solo comparable al champagne, muy por encima en calidad y prestigio de otros espumosos, huyendo de avatares coyunturales de algunos productores de vinos espumosos que se sienten únicos sobre la tierra», expone.

Defender el nombre de Requena

De esta manera, el Consejo Regulador debe ahora cumplir con la sentencia y modificar de inmediato el pliego de condiciones para incluir y reconocer la zona productora con el nombre de Requena. No obstante, los viticultores valencianos son conscientes de que los problemas de las distintas zonas productoras, más allá de cualquier consideración, son similares. «Y sin olvidar que Requena es la más numerosa en viticultores afectados y en hectáreas, debía defender el nombre de Requena, pues si la intención del Consejo Regulador era la de identificar el lugar de procedencia del cava en beneficio del consumidor, no podía ocultar la existencia de esta zona o desfigurarla con otro nombre sin tradición o notoriedad alguna», manifiestan.

Cabe recordar que, en primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón a las entidades recurrentes y reconoció que no había confusión entre el nombre cava y el nombre Utiel-Requena y que «la profusa prueba presentada ponía en evidencia que durante cuarenta años jamás había existido el más mínimo atisbo de confusión entre los consumidores, siendo el nombre de Requena el que por derecho propio correspondía ostentar a esta zona productora».

En el año 1990, Requena ya tuvo que litigar ante el Tribunal Supremo para que, al delimitar la región del cava como consecuencia del ingreso en la entonces denominada Comunidad Económica Europea, excluyeran esta localidad valenciana como región productora. El TS les acabó dando la razón, pues el Consejo Regulador de los Vinos Espumosos (como entonces se denominaba) ya tenía reconocido al único productor de aquel entonces, Torre Oria, su condición de elaborador de cava e inscrito con todo el derecho en el Registro número 2 destinado a los elaboradores de Cava.

En 2020 se decidió identificar las distintas zonas productoras de cava y por parte del Consejo Regulador no se consideró oportuno reconocer el nombre de Requena para identificar los cavas producidos en esta zona, alegando confusión con la DOP Utiel-Requena; «cuando para cualquier consumidor medio, el cava elaborado en el término municipal de Requena procede de Requena e inventarse cualquier otro nombre no iba más que en detrimento de los muchos años de esfuerzo económico realizado creando la marca Cava de Requena», explican los productores.

Frente a ello, se alzaron la propia Conselleria de Agricultura de la Generalitat Valenciana, la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena y Dominio de la Vega, como bodega particular y cuyos socios ya defendieron el nombre de Requena cuando en 1990 ya lo eran de Torre Oria.

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