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Covid-19

El Consell concede ayudas de hasta 650 euros para el alquiler y el 100% del importe por el coronavirus

Pueden acogerse trabajadores en paro o afectados por un ERTE y autónomos o empresarios con menos actividad, entre otros

En directo: última hora del coronavirus y las fases de la desescalada en la Comunidad Valenciana

Un comerciante preparando la reapertura de su establecimiento, este lunes en Valencia ROBER SOLSONA

ABC

El Consell concede ayudas de hasta al 100% del importe del alquiler de la vivienda habitual con un tope máximo de 650 euros , durante en periodo de seis meses a contar desde abril, para trabajadores, autónomos y empresarios que hayan sufrido una merma de ingresos por la crisis del coronavirus .

Las bases para la concesión de las ayudas cuentan con una dotación de 7,5 millones, que podrían ampliarse con fondos procedentes del Estado o de la UE, y se han publicado este lunes en El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El plazo de presentación de las solicitudes empieza este martes 5 de mayo y finalizará el 30 de junio y están dirigidas a arrendatarios de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social de la Covid-19 , tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del arrendamiento y se encuentren en situación de vulnerabilidad .

Se incluye la concesión de ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación que las entidades bancarias hayan ofrecido a los solicitantes que estén en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del coronavirus.

Afectados

Entre los supuestos de vulnerabilidad están, entre otros, que la persona que esté obligada a pagar la renta de alquiler pase a estar en situación de desempleo , Expediente Temporal de Regulación de Empleo ( ERTE ) o, en caso de ser empresario o empresaria, haya reducido su jornada por motivo de cuidados u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos .

En los casos en que sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite, acreditadamente, a la persona o a su cuidador o cuidadora, para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el IPREM.

En la concesión de las ayudas se dará prioridad en función del grado de vulnerabilidad de los beneficiarios hasta que se agote el importe global. En el caso de que, al agotarse la cuantía, existiesen varias personas beneficiarias con el mismo grado de vulnerabilidad, tendrán prioridad las mujeres o personas de mayor edad.

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