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Condenado el director de un hotel de Barcelona por denegar el alojamiento a un huésped por su discapacidad

El responsable del establecimiento apuntó que no era el sitio adecuado para atender «a gente enferma mental»

Denuncian el rechazo de un hotel de Gandía a hospedar a un grupo de personas con discapacidad intelectual

Habitación de un hostal, en una imagen de archivo ABC
Elena Burés

Elena Burés

Barcelona

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Un juzgado de Barcelona ha condenado al director de un hotel por denegar el alojamiento a un huésped por su discapacidad. El fallo considera probado que el individuo incurrió en un delito de denegación de prestaciones y le impone un año de inhabilitación para ejercer una profesión en el ámbito docente, educativo y deportivo. Además, la aseguradora del establecimiento, Casa Barcelo Hostel Barcelona, tendrá que abonar al perjudicado 500 euros en concepto de daños morales.

Fue la tarde del 14 de noviembre de 2022, cuando el huésped, con una discapacidad psíquica del 65 por ciento, llegó al hotel. Tenía una reserva para tres días que había formalizado la entidad que ejerce su tutela a través de la plataforma Booking. La recepcionista, que era becaria, consultó al director de Casa Barceló para saber cómo proceder y éste le dijo que le denegase el alojamiento, «contratado y pagado», recoge la sentencia, bajo el pretexto de que no les constaba dicha reserva.

El único motivo, apunta la resolución del Juzgado Penal 18 de Barcelona, fue la discapacidad del huésped. Durante el juicio, el acusado aseguró que la causa de la negativa fue que el afectado tenía «mal olor corporal». Negó que le recepcioncita, al consultarle, hubiese hecho mención a su condición, y también haber hablado con responsable de la fundación que ostenta su tutela. Pero tanto el propio perjudicado como dos empleadas de la entidad narraron todo lo contrario.

La víctima explicó que llegó a la recepción del alojamiento tras un entrenamiento de fútbol. Había tenido que abandonar su piso, compartido, tras una disputa con su compañero, motivo por el que la entidad le buscó en el hostal un alojamiento provisional. Según su relato, la propia recepcionista le manifestó que no podría quedarse allí porque «habían tenido problemas con otro chico con discapacidad que había intentado violar» a una joven. También le indicó que «no admitían a personas con discapacidad» y que no había hecho ninguna reserva. Además, le apuntó que «olía mal».

Al día siguiente, una de las trabajadoras de la fundación se plantó en Casa Barceló para pedir la hoja de reclamaciones. Otra recepcionista le confirmó que allí no aceptaban el hospedaje de personas tuteladas por entidades. También habló por teléfono con el director del hotel, y, de malas maneras, le espetó que no era sitio «para atender a enfermos mentales», que no aceptaban a personas con discapacidad y también que el afectado «olía mal».

Pese a la versión exculpatoria del acusado, la magistrada considera que tanto la declaración de la víctima como de la testigo tienen entidad suficiente para considerarse prueba de cargo. Sostiene así que el director del establecimiento incurrió en un delito de denegación de prestación, y precisa: «El motivo fue precisamente la condición de discapacitado de la víctima, habiendo quedado constancia de la reserva efectuada, la falta de higiene aducida como pretexto podía haberse solucionado simplemente con haberle indicado que tenía que asearse, a lo que ni siquiera se le dio opción». Contra el fallo cabe recurso de apelación.

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