Declarada la alerta de riesgo de incendios forestales del 10 al 15 de julio
Se establecen medidas preventivas y se prohíbe realizar trabajos en el monte por las condiciones meteorológicas de domingo a viernes
La Junta de Castilla y León declara alerta de riesgo de incendios forestales por causas meteorológicas del domingo 10 al viernes 15 de julio en toda la Comunidad, ante la previsión de entrada de una masa caliente de aire en altura este domingo, que va a provocar un incremento importante de las temperaturas, tanto máximas como mínimas, lo que genera aumento claro del riesgo de incendios forestales.
Así lo explica en un comunicado en el que señala que la próxima semana las temperaturas podrán superar en 7 grados la temperatura media de las máximas del último decenio, recoge Ical. Además, la alta inestabilidad atmosférica provocada por el movimiento de las masas de aire, incrementa considerablemente la probabilidad de ignición y el índice de consolidación, en especial en las horas centrales del día y primeras horas de la tarde.
Ante esta situación, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara, por Resolución del Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, la situación de alerta meteorológica del 11 al 15 de julio. Durante estos días se solicita a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Por ello se establecen medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico que lo circunda con maquinaria que genere deflagración, chispas o descargas eléctricas.
Las cosechadoras y empacadoras deberán detenerse si se superan simultáneamente los 30ºC de temperatura y 30 kilómetros por hora de intensidad de viento. No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
La Resolución prohíbe el uso de barbacoas y el uso de los ahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda.
El uso de motosierras está permitido siempre que se cuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila, batefuegos o similar) y que sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con medios de extinción.
Los campamentos juveniles podrán seguir con su funcionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas, y teniendo especial prudencia en el uso de generadores, motores y cocinas de campamento.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
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