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Un año sin carné y multa para el conductor de un bus tras un accidente con un fallecido y 39 heridos

El Juzgado de lo Penal de Soria tiene en cuenta que el accidente ocurrió a colisionar contra un vehículo iba a velocidad anormalmente reducida por la autovía A-15

Estado en el que quedó el autobús siniestrado en septiembre de 2016 y por el que ahora el Juzgado de Soria dicta la pena para el conductor ICAL
I. J.

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Un año de retirada del carné de conducir y privación del derecho a estar al volante de un vehículo y multa por 3.650 euros. Es la pena que ha acordado imponer el Juzgado de lo Penal 1 Soria al conductor de un autobús que colisionó con un camión en 2016 en la autovía A-15 a la altura del término municipal de la localidad soriana de Adradas de Medinaceli causando la muerte a una joven de 26 años y heridas de diversa consideración a otros 39 pasajeros.

En el fallo, que no es firme y puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Soria, la magistrada considera responsable de un delito de homicidio por imprudencia menos grave y otros diecinueve de lesiones también por imprudencia menos grave al conductor. Pero, a la vez, aprecia una serie de atenuantes para imponer la pena y tiene muy en cuenta en su argumentación las circunstancias en las que ocurrió el siniestro, el 19 de septiembre de 2016. De hecho, apunta como atenuante «muy cualificada» las dilaciones indebidas, ya que el siniestro ocurrió en 2016 y la causa no fue remitida al Juzgado de los Penal hasta 2022, «no constando» que este retraso se deba «a causa imputado» y «no está justificado que la tramitación e instrucción de la causa haya durado tan largo lapso de tiempo«.

A la hora de dictar el fallo, en la sentencia se considera acreditado que el autobús implicado en el siniestro circulaba con «normalidad» aquel día cuando cubría la línea regular de pasajeros Logroño-Soria-Madrid, con 45 pasajeros a bordo. Iba por un tramo recto y con buena visibilidad, pero el conductor, reconoce, «desatendió momentáneamente» las circunstancias de la vía por la caída de unos papeles que tenía en la guantera.

Y en ese momento, a la altura Adradas de Medinaceli, a unos 54 kilómetros de Soria capital, el autobús de la empresa Alsa terminó embistiendo a un camión que circulaba por el mismo carril de la A-15 (Autovía de Navarra) a una «velocidad anormalmente reducida» por una avería. Por este motivo, apunta la resolución judicial, «la imprudencia debe calificarse como menos grave» por las circunstancias que concurrieron en el accidente. Así, señala que «ha de tenerse en cuenta que incide en el nexo causal de la producción del accidente la circunstancia de la avería del camión», pues «dicho vehículo circulaba a una velocidad anormalmente reducida para la vía«, ya que iba a 6 km/h, «provocando un obstáculo inesperado en la circulación». 

«No era previsible para el conductor del autobús la existencia de un vehículo que circulara a una velocidad tan reducida», apunta la magistrada, quien también señala como elemento a tener en cuenta a la hora de depurar la responsabilidad del profesional del volante «el llamado principio de confianza en el tráfico, que implica que todo conductor confía en que el resto de los vehículos circulen normalmente, conforme a la normativa de tráfico«. ·Por ello -añade-, es comprensible que el conductor del autobús condujera en la confianza de que el conductor del camión circulaba a una velocidad normal y aunque lo viera con anterioridad, no esperara que redujera bruscamente la velocidad, máxime cuando ello no es previsible en una autovía, en un tramo recto y sin ninguna señalización«.

Además, valora que la conducción por parte del acusado antes del accidente «era normal, sin ninguna incidencia, como declaran todos los testigos y se puede apreciar por el tacógrafo del vehículo«. »No se trata de una conducción temeraria o desatenta. Simplemente, como indican los agentes de la Guardia Civil, se trató de una desatención momentánea«, señala. Por todo ello, concluye, la imprudencia cometida ha de ser calificada como «menos grave».

45 pasajeros

En el autobús viajaban 45 pasajeros y, como consecuencia del siniestro, murió una joven, 19 resultaron heridos y precisaron tratamiento médico o quirúrgico y otros 20 sufrieron alguna lesión atendida en el lugar.

Por todo, además de la prohibición de conducir durante un año le condena a que indemnice a los perjudicados conjunta y solidariamente con la compañía de seguros Allianz, declarada responsable civil directo, y subsidiariamente con las compañías, Alsa, y Nexte Continental Holdigns como responsables civiles subsidiarios.

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