El pulso de una juez amenaza con eternizar la nueva sentencia contra Chaves y Griñán por el caso ERE de Andalucía
Encarnación Gómez impugnó sin éxito su regreso a la Audiencia de Sevilla para dictar la sentencia tras la revisión del TC
La magistrada puede aún recurrir ante el Supremo los acuerdos del CGPJ y el TSJA que la obligan a reincorporarse
El PP lleva a la justicia europea la resolución del Tribunal Constitucional sobre el caso ERE
Los magistrados Pilar Llorente, Juan Antonio Calle y Encarnación Gómez (derecha), en el tribunal que juzgó la pieza principal del caso
El desenlace de la pieza principal de la macrocausa de corrupción de los ERE en Andalucía corre el riesgo de eternizarse. Todo depende del pulso que mantiene con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Tribunal Superior de Justicia de ... Andalucía (TSJA) una magistrada que ha sido nombrada, en contra de su voluntad, para formar parte de la sala que debe dictar la sentencia.
La Audiencia de Sevilla designó a un nuevo tribunal para aplicar las rebajas de las condenas a una decena de políticos, entre ellos, los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, después de la revisión del caso que hizo el Tribunal Constitucional (TC) el pasado julio. La jueza Encarnación Gómez Caselles ha impugnado los acuerdos que suspenden la excedencia voluntaria que le había sido concedida y que la obligan a reincorporarse para firmar la resolución final.
El recurso de alzada que dicha magistrada presentó contra la decisión de la Comisión Permanente del CGPJ fue desestimado por el Pleno del órgano de gobierno de los jueces en una sesión celebrada el 11 de diciembre pasado, según ha podido confirmar a ABC a través de dicha entidad.
Pero la magistrada aún no ha agotado todos los cartuchos que le quedan. Contra dicha decisión puede interponer un recurso de reposición ante el Poder Judicial en el plazo de un mes o, directamente, recurrir ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación del acuerdo. Este periodo aún no ha expirado, aunque de momento no consta que haya acudido a esta vía judicial, según informaron fuentes del Supremo. En el caso de que Gómez se decidiera a dar este paso, la resolución podría demorarse durante meses porque estos pleitos suelen tardar.
El Pleno del Poder Judicial rechazó el 11 de diciembre el recurso que presentó la juez contra la suspensión de su excedencia voluntaria
Para evitar la repetición del juicio, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla nombró un nuevo tribunal ampliado compuesto por cinco magistrados, en lugar de los tres que intervinieron en la primera vista, con el encargo de dictar una nueva resolución.
Anteriormente, la Sala de Gobierno del TSJA decidió suspender la excedencia voluntaria concedida a la magistrada Encarnación Gómez, que había formado parte del tribunal original, para que se reincorporase sin demora al órgano que debe dictar la sentencia definitiva. El levantamiento de la excedencia contó con el visto bueno de la Comisión Permanente del CGPJ, pero no con la conformidad de la interesada, a quien habían autorizado el parón laboral para hacerse cargo del cuidado de un familiar. El Poder Judicial se puso del lado del TSJA y le dio vía libre para que ordenara su reincorporación, como así hizo.
El borrado de delitos del Constitucional
Con el objetivo de reeditar lo más parecido a la sala que sentó en el banquillo de los acusados a los 22 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía y no tener que celebrar otro juicio, el TSJA consideró imprescindible que Encarnación Gómez estuviera en el tribunal que debe reducir las penas.
Esta magistrada y dos compañeros suyos más firmaron el 19 de noviembre de 2019 la sentencia que fue ratificada después por el Supremo. Ahora toca reescribirla para adaptarla a la doctrina del órgano que preside Cándido Conde-Pumpido, tras estimar parcialmente los recursos de amparo de una decena de políticos que vieron vulnerados algunos de sus derechos fundamentales.
Tras conocer que su excedencia había sido revocada, la magistrada presentó un recurso de alzada contra los acuerdos adoptados por la Sala de Gobierno del TSJA el pasado 8 de octubre y por la Comisión Permanente del Poder Judicial, en su reunión del 29 de octubre. También impugnó el acuerdo dictado por el presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, Pedro Izquierdo, por el que la designaba a ella y a otros cuatro jueces como miembros del tribunal que debe dictar la nueva sentencia en la pieza del llamado procedimiento específico.
En este juicio, que duró un año y en el que testificaron 120 testigos, fueron sentenciados los políticos que montaron y mantuvieron el mecanismo de financiación de los ERE por el que la Junta de Andalucía repartió de manera arbitraria casi 680 millones de euros entre ayudas sociolaborales y a empresas entre los años 2000 y 2009.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla no cuenta con muchas alternativas para suplir a Gómez Caselles. De los tres magistrados que integraron el primer tribunal, sólo está trabajando en el citado órgano Pilar Llorente. El ponente de la sentencia, Juan Antonio Calle Peña, se jubiló de manera anticipada en 2021 y ahora ejerce como abogado, lo que resulta incompatible con el regreso a la magistratura. Gómez Caselles estaba destinada a la Audiencia Provincial de Alicante y desde el pasado 22 de julio disfrutaba de una excedencia voluntaria.