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Cuándo se publican los miembros de las mesas para las elecciones generales del 23J

Existe primero un plazo para el sorteo y después tres días para su comunicación a los elegidos

Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio

Miembros de una mesa electoral en las pasadas elecciones del 28M EFE

J. P.

Sevilla

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comunicó la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio. Hoy se ha materializado con su publicación en el Boletín Oficial del Estado por lo que ya se conocen las fechas que implicará esta campaña hasta el día en el que los españoles tendrán que depositar sus votos en las urnas.

Se trata de las primeras elecciones generales que se celebrarán en pleno verano, por lo que hay muchos ciudadanos que necesitan conocer si van a ser llamados para formar parte de alguna mesa electoral, ya sea como presidente, vocal o suplente de los mismos, antes de organizar planes o planificar vacaciones o viajes.

Como ya es conocido, acudir como presidente o vocal a una mesa electoral es obligatorio por ley, salvo razón justificada el designado para formar parte de una mesa no puede eludir esta responsabilidad. De hecho, y a pesar del bulo que ha corrido como la pólvora por redes sociales, el voto por correo no exime al usuario que lo solicita acudir como presidente o vocal si así se le designase.

¿Cuándo se publican los miembros de una mesa electoral?

Según dispone la Ley Electoral, los sorteos que designan los miembros de una mesa electoral se realizan entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria. Así, como la convocatoria se ha hecho oficial este 30 de mayo, el sorteo de las mesas deberá hacerse entre el 24 y el 28 de junio, comunicándose los resultados a los interesados en el plazo de tres días. De esta manera, si estás llamado a ser presidente, vocal o suplente de alguno de los anteriores para las elecciones del 23 de julio, lo sabrás entre los días 24 de junio y 1 de julio.

Cabe recordar que, una vez sean comunicados los seleccionados para ejercer de miembros de una mesa, estos tendrán siete días para alegar ante la Junta Electoral de la Zona las causas justificadas y documentadas que les impida aceptar el cargo. Tras esto, y según la ley, «la Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente. La Junta deberá motivar sucintamente las causas de denegación de las excusas alegadas por los electores para no formar parte de las Mesas».

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