ENTREVISTA
Manuel Torres Aguilar: «La amnistía es legal pero no puede ser un cheque en blanco»
El catedrático de Historia del Derecho y autor de 'Historia del Indulto y la amnistía' analiza los concedidos en España los últimos 200 años
«No tiene sentido conceder una amnistía mientras sigan diciendo que van a repetir lo mismo de 2017»
El TSJA ve «una gran debilidad argumental» en el planteamiento de la amnistía para los independentistas tras el 'procés'
![El catedrático de Historia del Derecho Manuel Torres](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2023/10/21/manuel-torres-RICfx4fhdk4DIgWgxC7inCI-1200x840@abc.jpg)
El catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Córdoba, Manuel Torres, ha analizado a nivel legislativo en su libro 'Historia de la amnistía y el indulto' (Editorial Tecnos) 200 años de historia de España: de los Borbones hasta la Constitución ... del 1977. «Mirar al pasado es la mejor forma para entender la complejidad del presente», afirma. Pese a eso, admite que no le ha consultado ningún partido.
Lo primero es aclarar los conceptos y su historia ¿En qué se diferencian indulto y amnistía?
En España han estado presentes en todos los cuerpos legales a lo largo de su historia, aunque de forma escasa. La diferencia es que el indulto es la remisión de la pena. El delito se ha cometido, ha sido juzgado y condenado. Y se indulta la pena. La amnistía viene de amnesia, olvido. En este caso supone que no va a haber ninguna consecuencia penal para la conducta a la que se aplica. Y se puede aplicar a personas que han sido condenadas o ni siquiera juzgadas o detenidas. El delito se borra y no ha tenido lugar.
Empecemos por el indulto. ¿Históricamente ha habido muchos indultos a cargos políticos?
Muchos. A cargos de partidos de derecha, izquierda, centro... La ciudadanía puede entenderlo mal en casos de corrupción pero se han concedido a personas de todas las ideologías.
¿Por qué nunca se ha planteado una restricción de esta figura?
Se ha planteado algunas veces, hay partidos que llevan en sus normas internas que no se concedan por casos de corrupción, pero ningún partido ha querido hacerlo. Se han concedido por parte de PP y PSOE. El gran problema es que se regulan por una ley de 1870 y no se ha actualizado. Hace falta una regulación que los limite.
Ahora está abierto el debate sobre el indulto a procesados por los ERE ¿Lo ve acorde con el uso histórico que se ha dado a esta figura?
Hay elementos que justifican estos indultos. La sociedad no entendería mal que se concediera a personas que tomaron decisiones y no ha habido enriquecimiento. Ya han tenido condena de cárcel, sus vidas han sufrido un perjuicio. Ha habido otros indultos más sangrantes en la historia.
Sigamos con la amnistía, ¿ve algún precedente histórico al uso que se está planteando para Cataluña?
A nivel europeo, la de Francia con el proceso de sedición que tuvo en Nueva Guinea. En España, en la República se concedieron cuando cayó la dictadura, cuando se fue el Rey o al aprobar la Constitución. Cuando ganó el gobierno de centroderecha hubo otra amnistía a quienes participaron en el intento golpe de estado de Sanjurjo. Cuando acabó la guerra, el franquismo autoindultó a todos los que participaron. También en la revolución de asturias del 34 o a Lluis Companys cuando declaró el estado catalán... Ejemplos hay muchos.
«Se han dado muchos indultos políticos en la historia. A algunos procesados por los ERE estaría justificado»
Sin embargo, llegó la Constitución del 78 y no aparece la palabra
El constitucionalista dejó abierta la posibilidad de que en función de unas circunstancias que no se podían prever el legislador decidiese. Tuvieron como modelo varias constituciones, entre ellas la española de 1931 que prohibía claramente los indultos generales y establecía que las amnistías sólo las podían aprobar las cortes. Si el constitucionalista del 78 prohibe los indultos generales y se calla sobre las amnistías es que no quiere ni limitar ni regular. Y como es impredecible porque se concede en función de las circunstancias, decidió dejarlo abierto.
A su juicio, ¿es constitucional?
Sí, pero debe incluir en la exposición de motivos claramente los hechos . En ningún caso que el Estado diga que se actuó mal. Se debe relatar que hubo un incumplimiento de la Constitución y un intento unilateral de generar un conflicto. Y dicho eso, el Estado democrático es generoso y concede a aquellos que optaron por una vía incívica la posibilidad de que se reintegren a la convivencia y al diálogo. No entiendo la amnistía como una ley que enmiende la plana al Supremo. Hay una sentencia que se acata y se concede el olvido del delito a cambio de que vuelvan al diálogo. Insistir en repetir lo ocurrido en 2017 no es favorable a ninguna amnistía. Soy partidario, pero no como un cheque en blanco. Me molesta que digan que da igual y volveremos a hacerlo. Debería haber un compromiso de que no se va a repetir. Si no, poco sentido tiene.
En amnistías como la del 77 hubo un consenso, ¿es imprescindible?
Sería deseable que en los grandes temas de Estado hubiera acuerdo. Lo que me duele es que sea un arma arrojadiza. Todos los partidos, de todas las orientaciones, han usado esta figura de gracia en función de intereses políticos. A veces pensando en el Estado y otras en los intereses partidistas. Pero si al final se consigue aprobar por una mayoría cualificada, pues esas son las reglas. Lo deseable sería un acuerdo entre los grandes partidos.
Un pronóstico, basado en su análisis histórico, ¿habrá amnistía?
Soy partidario pero creo que no es el mejor momento. Las circunstancias llevan a que se plantee a cambio de unos votos. Es necesaria para mostrar vías de perdón, de diálogo...Pero no un cheque en blanco. Debe tener un relato: el Estado ha cumplido y ahora se abre esa vía de perdón para una nueva vía de convivencia. Pero si no es así, a mi no me convence ni me gusta. Y pienso que sería un error para Pedro Sánchez y para el PSOE hacerlo así, un error que pagará en el futuro.
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