SUBVENCIONES

¿Has sido madre o padre en 2025 o piensas serlo?: Estas son las ayudas que puedes solicitar

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ofrece distintas subvenciones económicas para hacer frente a los gastos derivados de la llegada de un hijo

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Estas ayudas se encuentran dirigidas a aquellas personas que hayan tenido hijos o se dispongan a tenerlos ABC

La natalidad española continúa siendo baja, a pesar del breve repunte experimentado en el pasado año 2024, tras haber alcanzado en 2023 la cifra más baja desde 1941. Una de las grandes restricciones a la hora de tener hijos, en este aspecto, es la situación económica de los progenitores. Y es que en estos tiempos de inflación y precariedad, el futuro económico de España se intuye incierto.

Con el fin de contribuir a los gastos derivados de la llegada de un hijo al hogar, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ofrece distintas subvenciones económicas, tales como la Prestación por Nacimiento, Adopción y Cuidado de menores.

Conforme a lo recogido en la web del ministerio encargado, estas ayudas están dirigidas a personas que hayan tenido —o vayan a tener— hijos por parto, adopción o acogimiento. Asimismo, las madres biológicas de recién nacidos fallecidos después del parto —o en un aborto a partir de 180 días de embarazo— también podrán ser adjudicatarias.

Requisitos de la ayuda

Los interesados en la asistencia económica deberán estar en situación de alta en la Seguridad Social y al corriente en el pago de las cuotas pertinentes. Además, deberán estar en alguna de estas posiciones:

- Ser menor de 21 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento del hijo

- Tener entre 21 y 25 años en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento, habiendo cotizado un mínimo de 180 días en toda su vida laboral —o 90 días en los últimos 7 años anteriores al descanso laboral

- Tener 26 años o más en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento, con un mínimo de 360 días cotizados en toda su vida laboral —o 180 días en los últimos 7 años anteriores al descanso

Documentación necesaria

La ayuda podrá ser solicitada de maneradigital, a través de este enlace. Para ello, será imprescindible la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI), así como estar en posesión del certificado digital o el sistema Cl@ve.

En caso de adopciones, guarda o acogimiento, será necesario adjuntar la Resolución Judicial o Decisión Administrativa correspondiente. En caso de fallecimiento del hijo, por su parte, deberá ser presentada la Declaración y parte de alumbramiento de criaturas abortivas o el Informe que certifique el deceso del menor tras el nacimiento, en su caso.

Cuantías y plazos de presentación

La Prestación por Nacimiento, Adopción y Cuidado de menores brinda a madres y padres un permiso remunerado de 16 semanas, de las cuales 6 deberán ser disfrutadas de manera ininterrumpidamente, justo después de la fecha del parto, adopción o acogimiento.

La cuantía del subsidio será del 100 por ciento de la base reguladora de cotización, existiendo, además, un pago único para aquellas familias numerosas monoparentales —o en la que alguno de los progenitores presente una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

En casos de parto múltiple o de adopción o acogimiento simultáneos, se concederá un subsidio especial por cada menor durante un período de 6 semanas.

Las cuantías podrán variar en función de los ingresos de las madres y los padres.

Prestación por Nacimiento, Adopción y Cuidado de menores

Cuantías de la ayuda

  • Trabajadores por cuenta ajena: 100 por ciento de la base de cotización por contingencias comunes al mes anterior

  • Trabajadores Autónomos: 100 por ciento de la base de cotización

El subsidio podrá ser gestionado a partir del día siguiente al del nacimiento —adopción o acogimiento—, hasta 5 años después, pudiéndolo solicitar hasta 4 semanas antes aquellas madres biológicas que deseen iniciar el descanso laboral antes del parto. También podrán adelantar el requerimiento, en caso de adopción internacional, las personas adoptantes que precisen del desplazamiento previo a otro país.

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