El Tribunal Supremo de Italia obliga a repetir el juicio que ordenó separar a los dos hijos de la granadina Juana Rivas
La Corte de Casación anula la sentencia emitida por un juzgado de Cagliari al estimar que no se respetó el interés superior de los menores
El caso se deberá ver otra vez pero con otros magistrados y «atendiendo a las consideraciones» que se detallan en este fallo ahora emitido
Del secuestro al «lavado de cerebro»: el largo camino judicial de Juana Rivas por la custodia de sus hijos
Nuevo capítulo en el ya largo litigio de Juana Rivas: el El Tribunal Supremo de Italia ha obligado a repetir el juicio civil que separó a los dos hijos de Juana Rivas. La allí llamada Corte de Casación estima que en el proceso judicial se vulneraron tanto el principio del interés superior de los menores, como varios convenios internacionales firmados por Italia.
La noticia ha sido confirmada por el equipo jurídico español de Juana Rivas, dirigido por el abogado Carlos Aránguez, que ha resaltado que el Supremo de Italia, tras acoger «en todos sus términos» el recurso de la granadina, ha anulado la sentencia de la Corte de Apelación de Cagliari.
Ésta separó a los dos hermanos y le negó la custodia de su hijo menor, que sigue viviendo con su padre, Francesco Arcuri, en el país italiano. La custodia de su hijo mayor ya le fue concedida a la madre de forma definitiva en marzo de 2023 y vive ya con ella desde junio de 2022.
«Normas internacionales básicas»
El abogado resalta que en esta nueva sentencia se ha tenido en cuenta que el tribunal de Cagliari no tuvo en cuenta «normas internacionales básicas» como el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Estambul, de 2011) y la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.
Asimismo, remitiéndose a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la sentencia de casación «insiste en una idea fundamental: que, en el proceso llevado a cabo en Cagliari faltó un análisis en profundidad sobre el interés superior de los niños, que representa el criterio fundamental sobre el que se ha de basar toda decisión sobre la custodia.
El Supremo italiano da otro argumento para anular la sentencia del tribunal civil, detalla el bufete de abogados: «La violación que éste hace de un principio básico, como es el de no separación de los hermanos, al haber dispuesto la custodia de un hijo a la madre, en España, y otro al padre, en Italia, además de establecer que la madre y el resto de la familia materna sólo podían ver al menor en el territorio italiano, en concreto, en Cerdeña.
De acuerdo con el sistema judicial italiano, el Tribunal Supremo reenvía ahora el caso a la corte que ya juzgó el caso para que, con una nueva composición de magistrados «y atendiendo a las consideraciones efectuadas» en esta sentencia que ahora se revela, dicte un nuevo fallo.
Carlos Aránguez y su equipo han recordado, por lo demás, que en Italia también existed un procedimiento penal abierto contra Francesco Arcuri, consecuencia de una denuncia por supuesto maltrato habitual, físico y psicológico hacia sus hijos.
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