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El TSJA confirma la absolución de ocho acusados de maltrato animal y estafa por la muerte de diez caballos en Córdoba

El fallo recoge que cuatro de los procesados no se dedicaban al cuidado de los équidos, por lo que no podrían ser responsable de su fallecimiento

Piden 3 años de cárcel al dueño de una explotación ganadera y un empleado por la muerte por inanición de 25 vacas

Imagen de uno de los caballos fallecidos en estas explotaciones equinas en la Campiña cordobesa abc
Pilar García-Baquero

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La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que absuelve a ocho acusados de delitos de maltrato animal y estafa a unas aseguradoras por la muerte de más de una decena de caballos en unas fincas de la Campiña cordobesa entre los años 2010 y 2014.

En este caso, el juicio celebrado en diciembre de 2022, las entidades aseguradoras fueron las que ejercieron en este procedimiento acción penal, así como reclamaron indemnizaciones respecto a ocho acusados a los que atribuían la comisión de delitos de estafa continuada y maltrato animal porque, en esos cuatro años, en determinadas explotaciones ganaderas sitas en la zona de Fernán Núñez y Montemayor se produjeron las muertes de una decena de caballos.

Entre otros, las acusaciones hicieron mención a la de Alazán (el 6 de agosto de 2014); a las de Nadador (muerto el 15 de junio de 2014), Obediente XV (muerto el 21 de noviembre de 2014) y Helio OG (muerto el 22 de marzo de 2012); a las de Ufano (muerto el 15 de enero de 2014) e Invicto (muerto el 27 de diciembre de 2013); a las de Alburquerque (muerto el 19 de enero de 2014) y a las de Perla (muerto el 19 de enero de 2012). A estos se unían las muertes de Descarado (muerto el 16 de agosto de 2012) y Apaloos.

El Alto Tribunal andaluz considera probados los hechos que se recogen en la sentencia de la Audiencia de Córdoba en la que la sala considera que no se ha acreditado que los fallecimientos de los animales hayan sido consecuencia de un maltrato causado deliberadamente a los mismos por parte de los acusados.

La sentencia recogía, además, que no se ha acreditado que las indemnizaciones cobradas por alguno de los acusados y derivadas del fallecimiento de varios de los animales lo hayan sido indebidamente. Tampoco está acreditado que alguno de los acusados hubiera concertado el aseguramiento de los caballos con la intención de defraudar a la aseguradora, falseando las condiciones sobre las que versaba el contrato, con el propósito deliberado de aprovechar la muerte de los équidos o de alguno de ellos, para lucrarse en perjuicio de las compañías de seguros.

Animales sin sintomatología previa

El auto judicial que dio origen a este juicio ponía en relieve para el procesamiento de los encartados que «resultaba realmente elevado el número de muertes de caballos en las explotaciones de los investigados; que no comunicaran las muertes a la Oficina Comarcal Agraria (OCA); que los investigados dijeran que los équidos no mostraron sintomatología antes de morir de cólico; que no recibieran ningún tratamiento veterinario antes de su muerte; que los animales estuvieran a nombre de las esposas de los dueños como tomadoras del seguro si no tenían nada que ver con la explotación; o que ataran algún caballo con 70 centímetros de cuerda provocando que se asfixiaran, entre otras cuestiones calificadas por el juez instructor de extrañas».

La acusación particular recogía por su parte en su escrito, al que ha tenido acceso este periódico, que estas actuaciones se iniciaron dentro del marco de denuncia interpuesta por un experto inspector de seguros al constatar «la excesiva mortalidad de équidos en las explotaciones de caballos de Fernán-Núñez y Montemayor, en las que todos los denunciados eran en su mayor medida titulares, explotadores y usuarios».

Dentro de estas localizaciones, según los representantes legales de dos aseguradoras, se aprecia, a la vista de las pruebas indiciarias y esenciales practicadas en estos autos, «que la muerte de los caballos, siempre en todos los casos, viene precedida por el actuar humano, en unos casos por acción, y en otros por omisión dolosa (dejar morir)».

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