TRIBUNALES

El Supremo ratifica la legalidad de la intervención de Cajasur

El Cabildo pierde el recurso contra lo que consideraba una expropiación

Oficina de Cajasur en Ronda de los Tejares ABC

RAFAEL RUIZ

El Tribunal Supremo ha puesto fin a la vía jurisdiccional ordinaria que aún estaba valorando si Cajasur fue correctamente intervenida en 2010 y si la cesión del activo y pasivo realizada a Kutxabank se realizaron dentro de la legalidad. La Sección Tercera de la sala de lo contencioso del alto tribunal ha tumbado el recurso presentado el Cabildo, antiguo propietario legal de la entidad financiera, en la que constata una sentencia previa de la Audiencia Nacional que dio su primer visto bueno jurídico a la intervención del antiguo monte de piedad.

El Cabildo presentó el procedimiento legal ante la supuesta vulneración de sus derechos como legítimo propietario. Bajo su punto de vista, no se había producido una intervención y una sustitución de los administradores. El órgano de la Iglesia, que cuenta con personalidad jurídica propia, entendía que se había generado un proceso expropiatio discreccional, sin una norma o procedimiento administrativo que lo respaldase.

Etapa de Rodríguez Zapatero

Hay que recordar que la participación de la Iglesia en Cajasur se valoró de forma simbólica en un euro. Según los informes que encargó el FROB, el fondo encargado del rescate bancario desde la etapa de Rodríguez Zapatero, la entidad financiera costaba, en el momento de su intervención 620 millones de euros negativos. Es decir, tenía un agujero patrimonial de 103.000 millones de las antiguas pesetas.

La sentencia del Supremo es fundamentalmente de carácter técnico y se fundamenta en un aspecto formal. Considera que el Cabildo tuvo plenamente cubierto su derecho a la tutela judicial efectiva durante el procedimiento judicial posterior a la intervención de la caja de ahorros. Estima también que se siguieron los pasos necesarios para ello como la realización de informes patrimoniales sobre la situación de la entidad o la apertura de un procedimiento contradictorio en el que la Iglesia tenía que ser escuchada.

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