Hazte premium Hazte premium

tribunales

Caso Rocket: la Audiencia condena a tres años y seis meses de prisión a la exalcaldesa socialista de Peñarroya

La sentencia de la pieza relativa a la urbanización del polígono Vega Currillo obliga a Luisa Ruiz a devolver unos 170.000 euros al Instituto de Minería y al Ayuntamiento

El caso 'Rocket' empieza a juzgarse en Córdoba a los diez años de la investigación

Juicio del Caso Rocket en su segunda pieza con el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia abc
Pilar García-Baquero

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a la ex alcaldesa socialista de Peñarroya-Pueblonuevo, Luisa Ruiz Fernández, a tres años y seis meses de prisión por los delitos de fraude de subvenciones y falsedad en documento público así como a tres años y seis meses de inhabilitación por un delito de prevaricación en la primera pieza del Caso Rocket relativa a los delitos relacionados con la urbanización de un polígono industrial Vega Currillo y Antonlín III con Fondos Miner injustificadamente durante su mandato.

Los hechos delictivos cometidos por la exalcaldesa Luisa Ruiz en distintos momentos de su mandato se concentran bien por contratar a su voluntad con estudios de arquitectura o geotécnicos sin concurso público (delito de prevaricación) o bien confeccionando memorias justificativas para recibir las subvenciones que o no se correspondían a trabajos reales (fraude de subvenciones y falsedad documental) y no debieron ser facturados.

Este primer fallo judicial del extenso caso Rocket (la segunda pieza relativa al Tren Turístico del Guadiato y al Museo ya ha sido juzgada y está pendiente de sentencia) recoge que la ex alcaldesa es responsable de un delito de fraude de subvenciones en concurso medial con un delito de falsedad en documento emitido por funcionario público.

Concurren la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas en todos los delitos y la agravante de prevalecer el carácter público en el delito de fraude de subvenciones

Y de otro lado, responsable de otro delito de falsedad en documento emitido por funcionario público, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas en todos los delitos y la agravante de prevalecerse del carácter público en el delito de fraude de subvenciones. Hay que recordar también que la instrucción de este caso ha supuesto una década tras las primeras detenciones en octubre de 2013.

En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia condena a Luisa Ruiz por un delito continuado de prevaricación administrativa a tres años y seis meses de inhabilitación especial para el cargo público de alcaldesa. Por el delito de fraude de subvenciones, a las penas de seis meses de prisión y multa del 50 por ciento del tanto (87.974,46 euros).

Por dos delito de falsedad en documento emitido por funcionario público, la Audiencia de Córdoba condena a la exregidora a las penas de un año y seis meses de prisión por cada uno y multa así como un año de inhabilitación especial para el cargo público de alcaldesa.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, el tribunal condena además a Luisa Ruiz a indemnizar al Instituto para la Transición Justa (antes Instituto de Reestructuración de la Minería del Carbón) con 153.235 euros por las cantidades entregadas al Ayuntamiento por este Instituto y no dirigidas al objeto de la subvención relacionada con los trabajos en uno de los polígonos y en la cantidad de 22.713,92 euros por las cantidades entregadas al Ayuntamiento por este Instituto y no dirigidas al objeto de la subvención relacionada con los trabajos del polígono Vega Currillo, debiendo responder con carácter subsidiario el Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo.

Rocket: hechos probados

La sentencia recoge entre los hechos probados que durante el mandato de esta alcaldesa socialista el Ayuntamiento de Peñarroya presentó como realizados unos gastos correspondientes a la redacción de todos estos proyectos en polígonos industriales (urbanización de que, de acuerdo a lo anteriormente relatado, no estaban justificados en su totalidad).

En relación a este proyecto, el Ayuntamiento había encargado a la empresa Promociones Industriales Valle del Alto Guadiato S.L. (Pivag), por un lado la gestión de la redacción de la innovación-modificación para construir el nuevo polígono industrial en la zona de Vega Currillo mediante encomienda de gestión de fecha 26 de septiembre de 2007, y por otro lado la gestión de la transformación del suelo del polígono industrial el Antolín III y la redacción del proyecto de urbanización del mismo mediante encomiendas de gestión de fecha 18 de octubre de 2005 y de fecha 6 de febrero de 2008.

En relación al proyecto de urbanización y modificación del planeamiento Antolín III, la adjudicación de los trabajos de redacción del proyecto recayeron finalmente en una arquitecta. La acusada, según el fallo judicial, "llevó a cabo directamente y por su propia voluntad la contratación de esta arquitecta por acuerdo de fecha 11 de febrero de 2008 firmado por la acusada como presidenta de Pivag sin ajustarse a procedimiento alguno de contratación pública, exigencia que venía expresamente recogida en el convenio de 2007".

En este caso, "la diferencia entre lo facturado por esta arquitecta y lo facturado por Pivag (153.235 euros) no se correspondían a trabajos reales y no debieron ser facturados", a juicios del tribunal. A esto se une que la alcaldesa confeccionó una memoria firmada por la alcaldesa en la que no era otra que justificar por el Ayuntamiento ante el Instituto de Minería unos gastos por estos conceptos superiores a los realmente facturados.

De este mismo modo procedió Luisa Ruiz en otra ocasión con la adjudicación sin concurso público de los trabajos de planificación del polígono Vega Currillo. Es decir, a modo de conclusión, en total, el Instituto de la Minería otorgó una subvención de 755.583,35 euros con el último pago realizado el 4 de febrero de 2010, no constando el destino dado a algunas de las cantidades recibidas del Instituto de la Minería que no fueron dirigidas a sufragar los gastos de estos proyectos conforme a lo razonado con anterioridad.

«Confeccionó una factura por la cantidad de 63.848,73 euros en concepto de 'estudios topográficos y geotécnicos y de gestión', la cual no se correspondía a trabajos reales siendo la única finalidad el cobro total de la subvención»

De tal manera que en relación con los trabajos de una arquitecta por valor de 175.354 euros procedentes del total de la subvención (el total de la subvención eran 755.583,35), según el fallo judicial, «desconocemos a donde se han destinado 153.235 euros, cantidad muy superior a 120.000 euros, además a esos 153.235 euros se ha de sumar la cantidad de 22.713,92 euros por unos indeterminados e injustificados «gastos generales» introducidos arbitrariamente por la alcaldesa en los trabajos realizados por EGDV, lo que da un total de 175.948,92 euros defraudados, siendo el total de la subvención 755.583,35 euros.

Intervención de los agentes de la Guardia Civil en el Ayuntamiento de Peñarroya en octubre de 2013 V. Merino

Del mismo modo, el tribunal considera probado que la acusada, y dado que los costes de las obras no alcanzaban el total de la subvención (1.835.651,28 euros), y movida por la finalidad de lograr el cobro de la totalidad (1.899.500 euros), aprovechándose del control que ostentaba sobre la empresa pública Pivag, confeccionó una factura con fecha 7 de diciembre de 2010 por la cantidad de 63.848,73 euros en concepto de «estudios topográficos y geotécnicos y de gestión», la cual no se correspondía a trabajos reales siendo la única finalidad de su existencia el cobro total de la subvención, incluyéndose en la factura 2.081,12 euros por unos indeterminados e injustificados «gastos generales» introducidos arbitrariamente por la alcaldesa.

Con el fin de justificar ante el Instituto de la Minería el gasto total de la subvención, la exalcaldesa socialista, en el mes de diciembre de 2010, remitió junto con las certificaciones de las empresas contratadas y la factura de la empresa pública Pivag un informe sucinto sin fecha y firmado por ella y por un técnico municipal en el que se hacía constar que el coste total de los trabajos dirigidos por una empresa tuvo un coste de 1.899.500 euros a sabiendas la acusada de que el coste de los trabajos no correspondían a tal cantidad e ignorando este funcionario tal circunstancia.

En cuanto a la dotación de servicios urbanísticos al Polígono la Vega Currillo -agua, depuradora, telefonía...) también emitió un certificado con fecha 21 de diciembre de 2010 firmado por Ruiz en el que se señalaba que el importe total de las actuaciones ascendía a la cantidad de 1.899.500 euros.

En este caso, la alcaldesa eludió remitir al Instituto de la Minería la memoria de actuaciones realizada por la empresa encargada que recogía que el coste de sus actuaciones era de 1.835.583,24 euros. Con esta argucia la alcaldesa, según la sentencia, logró que el Instituto de Minería abonara al Ayuntamiento el total de la subvención 1.899.500 euros. No consta el destino dado a las cantidades no destinadas a estos trabajos y que ascienden a la cuantía de 63.916,76 euros.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación