tribunales
La reforma del delito de malversación obliga a la Audiencia de Córdoba a revisar de oficio condenas
La Sección Tercera condenó al ex alcalde de Algallarín a prisión por un delito continuado de malversación y en el caso Rocket acusa a la alcaldesa de Peñarroya de malversación
La exalcaldesa de Peñarroya se enfrenta a 32 años de cárcel y 55 de inhabilitación
![El ex alcalde de Algallarín durante el juicio en la sección Tercera de la Audiencia](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/12/23/algallarin-cordoba-fiscalia-R1iycI0Ch2dv7TdCZJZvYQM-1200x840@abc.jpg)
La Audiencia Provincial de Córdoba tiene al menos un caso de condena por malversación que podría ser objeto de revisión desde esta misma semana tras la aprobación del Código Penal en esta materia de la que no sólo se beneficiarán secesionistas catalanes. Una revisión que se haría de oficio desde la entrada en vigor de la Ley al igual que ocurrió con la Ley del 'Sólo sí es sí', según han informado a ABC fuentes judiciales.
El caso en sí que podría darse de cumplir los requisitos que incluye la reforma del Código Penal es el de la condena en febrero de este mismo año del alcalde socialista de la ELA Algallarín -dependiente de Adamuz- al que la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba. Este tribunal condenó le dos años de prisión por un delito continuado de malversación de caudales públicos. Por este mismo delito, fue también condenado a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
La sentencia fechada este mismo año, consideraba al ex alcalde de Algallarín autor de un delito continuado de prevaricación de funcionario público, con la atenuante de dilaciones indebidas y la analógica de reparación del año, y le condena a otros cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Junto a ello, la Audiencia condenaba al que fuera tesorero de la entidad local de Algallarín a dos años de prisión y cuatro de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de malversación continuada y le absuelve del delito de prevaricación del que también se le acusaba. Además, ambos condenados debían indemnizar a la Entidad Local de Algallarín con 6.960 euros .
Pero no se trata del único caso que podría beneficiarse de esta reforma del delito. El segundo caso al que podría afectar este cambio legal se encuentra en fase de sumario pendiente de señalamiento del juicio. Se trata del caso Rocket, en el que viene acusada la ex alcaldesa de Peñarroya María Luisa Ruiz (PSOE) de un delito de malversación, además de otros relacionados con fraude de subveciones de los Fondos Miner durante su mandato. En este como en otros casos, la clave para aplicar los cambios del Código Penal está en si los acusados desviaron fondos públicos para cuestiones distintas a las que estaban previstos.
Es decir, para cualquiera que haya malversado dinero público sin llevárselo al bolsillo o a sus cuentas, sino a las de un tercero, por ejemplo un partido político. Así, ahora deberá ser la Fiscalía la que deberá modificar la acusación provisional que pesa sobre la ex alcaldesa de Peñarroya de ser comprobado estos últimos supuestos que destinan dinero a partidas distintas a las previstas pero no en beneficio propio.
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