tribunales
Los divorcios por mutuo acuerdo en Córdoba ya superan a los de la vía contenciosa
De las 364 separaciones registradas de julio a septiembre el 58,5 por ciento fueron amistosas
Casi cinco parejas de Córdoba se rompieron al día durante el primer semestre de 2022
Los divorcios caen un 20% en una década gracias a una importante bajada de matrimonios en Córdoba
![La letrada experta en Familia María Dolores Azaústre en su despacho del Vial](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/espana/2022/12/25/abogada-cordoba-divorcio-ROAjFbxe2q94WBetba5QZYK-1200x840@abc.jpg)
Los divorcios con acuerdo superan ya en Córdoba a los contenciosos, es decir, los que acaban a golpe de sentencia judicial. En cifras, los divorcios y separaciones 'amistosas' en el tercer trimestre de 2022 rozaban ya el 60 por ciento del total, según recoge el último informe elaborado por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta es la tendencia en los últimos dos años.
En números exactos, de los 364 separaciones y divorcios registrados de julio a septiembre de este año en Córdoba el 58,5 por ciento fue por acuerdo. La misma línea han seguido durante el pasado año donde ya se alcanzó un 54,2 por ciento de acuerdos.
Con un ejemplo más claro, en Córdoba de los 150 divorcios y separaciones registradas entre julio y septiembre sólo en la capital cordobesa, 99 fueron consensuados y sólo 51 llegaron a juicio.
Por partidos judiciales, Posadas con 25 divorcios no consensuados en ese mismo trimestre y sólo 16 de mutuo acuerdo, se queda al margen de esta tónica. Le sigue Pozoblanco con diez divorcios contencioso y sólo siete amistosos. Baena registró cuatro contenciosos frente a tres de consenso. En Peñarroya, cinco llegaron por vía contenciosa y cuatro sin llegar a juicio.
A nivel andaluz, la estadística refleja también este aumento de las separaciones o divorcios amistosos. Como dato, en 2021 de los 18.892 divorcios y separaciones registradas en la Comunidad Autónoma, 10.088 fueron por acuerdo entre los cónyuges, lo que representó un 53,3 por ciento y un 5,3 por ciento más de aumento respecto a 2020.
A esta estadística habría que sumar el de las parejas de hecho con hijos que interrumpen la convivencia. «Esas cifras de parejas de hecho con hijos suponen un gran número de núcleos familiares cuyas rupturas escapan a esta estadística del CGPJ pero que siguen la misma tendencia a llegar a acuerdos», advierte la letrada de Familia María Dolores Azaústre, exvicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa) y socia fundadora de la Asociación Internacional de Juristas de Derecho de Familia (Aijudefa).
Azaústre explica que los abogados de familia tienen que regular, en parejas de hecho también, «esa medida relativa a los menores, al uso de la vivienda o las pensiones que se encuentran reflejadas en las estadísticas».
Está claro para esta letrada, a tenor de su práctica en el despacho y en línea con que refleja la estadística, que «la mediación empieza a funcionar y la mayoría de los casos de matrimonio acaban de una forma amistosa». Estos acuerdos a la hora de separaciones o divorcios superan ya a los casos de personas que van a juicio para que sea un juez el que fije las medidas escuchadas las partes. Para Azaústre, en este último año se ha registrado «un aumento considerable de las rupturas de mutuo acuerdo».
En un divorcio, explica, de lo que se trata es de que se cumpla el plazo temporal de tres meses de la solicitud y no las razones que han llevado a ello. Por ejemplo, el hecho de que haya una infidelidad en el matrimonio podría tener relevancia sólo a los efectos de una pensión compensatoria, «porque hay personas que están pidiendo la compensatoria y tienen una relación estable con un tercero», cuenta esta abogada especialista en familia.
Es decir, matiza Azaústre, «si se está con una relación estable con una persona, no se tiene derecho de la pensión compensatoria o puede tener efectos también cuando se establece el uso de la vivienda familiar porque esta tiene una finalidad muy concreta que es servir de hogar al núcleo familiar».
Doctrina del Tribunal Supremo (TS)
En este sentido, Azaústre explica que «en el momento que esa persona hace extensivo el uso a un tercero, es decir, hablando claro mete a su novio o novia en la casa, el Tribunal Supremo ya se pronunció dejando sin efecto esa atribución de uso porque dice que se está desnaturalizando el uso». Es el único supuesto en el que tendría efectos una relación posterior.
Un problema que pone de manifiesto esta letrada es que la situación «se complica cuando la justicia es lenta en Familia porque si una pareja no funciona y se quiere separar lo que hay que hacer es desde la Administración darle una respuesta lo más pronta posible».
«Obligar a dos personas que no se llevan bien a una convivencia no deseada es llevarla a situaciones que pueden desembocar en violencia», matiza esta abogada. En Córdoba no hay muchos retraso judicial pero hay juzgados en la provincia que «señalan vistas de Familia para marzo de 2024; y con ese tiempo, para entonces pueden haber cambiado mucho las circunstancias del demandado y de sus hijos».
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