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tribunales

Un constructor y su encargado se enfrentan a 15 meses de prisión por la caída de un albañil de un andamio a 5 metros

El fiscal que solicita esa pena para cada uno y les acusa de haber utilizado un andamio totalmente prohibido para esa obra

Piden prisión a un socio de una cooperativa por la muerte de un trabajador aplastado por alpacas

Dos albañiles en un andamio en una imagen de archivo VALERIO MERINO
Pilar García-Baquero

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El responsable de una empresa constructora y el encargado de obra se sentarán en el banquillo del Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba acusados de un delito contra el derecho de los trabajadores por la caída de un albañil desde un andamio «totalmente prohibido para ese tipo de enfoscado» colocado a una altura de unos cinco metros en la que resultó gravemente herido. Para ellos se pide un año y tres meses de prisión.

El relato de los hechos del fiscal, al que ha tenido acceso ABC, recoge que el albañil, estaba contratado a jornada completa por esta sociedad, para colaborar en la construcción de un edificio en una calle de Córdoba.

El día del accidente, el trabajador debía enfoscar un muro medianero de 6,5 metros de altura, en compañía de otro trabajador de la empresa. Para ello instalaron un andamio de tijera de dos cuerpos con otras tres plataformas horizontales encima.

Asimismo, para poder acceder al muro, según consta en la calificación del fiscal, a la que ha tenido acceso ABC, se tuvo que colocar otras dos plataformas, que se apoyaron en uno de los extremo sobre las tres plataformas anteriores y en el otro extremo sobre un tejado, al que hubo que igualar con tablones para el necesario equilibrio horizontal.

Sin embargo, cuando el trabajador se colocó encima de las dos primeras plataformas, ante la inestabilidad del andamio, se cayó la borriqueta y a continuación las dos últimas plataformas, cayendo así el operario desde una distancia de 5 metros al patio de un domicilio particular.

El primero de los acusados, administrador solidario de la sociedad constructora debió a juicio del fiscal de haber colocado un andamio de cuatro crucetas en lugar de la de dos por lo que «incumplió sus funciones de prever de recursos necesarios para garantizar la seguridad de los trabajadores como permitir que trabajara sin línea de vida y sin comprobar el uso adecuado del arnés de seguridad».

Por último, el acusado no llevó a cabo una necesaria planificación de la actividad de la obra, dado que no se habían organizado las diferentes fases de la ejecución, dotándolas cada una de medidas de seguridad adecuadas.

De igual modo, el segundo acusado encargado general de la obra, y como tal obligado a supervisar y coordinar todos los aspectos relacionados con la seguridad y protección de la salud de los trabajadores, asignando todos los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar una prevención apropiada, se desatendió por completo de sus obligaciones.

A juicio del fiscal, este encargado de obra «se ausentó de la obra sin controlar que la tarea que se iba a desarrollar el día del accidente estuviera dotada de las medidas de seguridad adecuadas, permitiendo así que los trabajadores montaran un andamio totalmente prohibido para el enfoscado y que en el lugar de la tarea no existieran medidas de seguridad individuales como líneas de vida ni tampoco colectivas, ya que los únicos andamios permitidos eran los europeos, que ya se habían retirado de la obra, y el de tijera que se instaló tenía graves deficiencias«.

Elevada altura

Todos estos incumplimientos fueron la causa de que el trabajador el día de los hechos se encontrara subido en un andamio totalmente inadecuado y montado con graves carencias, a una elevada altura y sin ninguna medida de protección, lo que motivó que con un ligero movimiento se cayera toda la estructura y se precipitara así al suelo.

El segundo de ello, como responsable encargado de la obra debió colocar y proyectar estos elementos de acuerdo con la misma para garantizar igualmente la seguridad de estos trabajadores. Además de las penas de prisión y multa de 2.400 euros la Fiscalía solicita una pena de un año y tres meses de inhabilitación especial para el oficio para el encargado de obra.

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