Un nuevo decreto abre la puerta a un ministerio catalán de exteriores
La Generalitat recoge la acción de Cataluña en el exterior sin enmarcarla en los límites constitucionales
El PP exige al Gobierno que recurra el texto por asumir funciones del Estado. Exteriores, por ahora, no lo hará

Ni los indultos ni la reactivación del diálogo con el Gobierno alteran la hoja de ruta de la Generalitat. El mismo día en que el Consejo de Ministros aprobó a la excarcelación de los líderes del 'procés ' –el 22 de junio–, el ... Ejecutivo catalán movió ficha aprobando un decreto de reestructuración del Departamento de Acción Exterior, que abre la puerta a la creación de un ministerio de exteriores catalán. Es decir, una posible reedición del Diplocat independentista por el que los líderes del 'procés' acaban de ser condenados a multas millonarias por parte del Tribunal de Cuentas . Sanciones que pretenden pagar con fondos de la Generalitat.
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El nuevo decreto no incluye grandes novedades sobre el precedente aprobado en 2019, pero la variación reside en el nuevo contexto político de concesiones del Estado y apertura de diálogo. Un marco en el que difícilmente puede entrar este decreto ya que en su artículo 10 regula la acción de «Cataluña Exterior» sin citar límites constitucionales –ni el respeto a la coordinación estatal ni el marco competencial autonómico–, y en su artículo 9 se refiere al «Servicio de Relaciones Bilaterales Mundo», cuando la diplomacia con terceros países es una competencia reservada en exclusiva al Estado, según han fallado tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal de Cuentas.
Registro de catalanes
Para el portavoz adjunto del PP en el Congreso, Pablo Hispán, este decreto es una «clara vuelta a las andadas» y a esa «construcción de un ministerio de exteriores alternativo más allá de las competencias autonómicas». «El Gobierno tiene que recurrirlo . Es un decreto que habla de relaciones bilaterales entre Cataluña y la UE o entre Cataluña y el mundo; de relaciones con organismos multilaterales cuando acabamos de ver lo que ha sucedido en el Consejo de Europa con el informe de Boriss Cilevics ; de fijar posición en tratados internacionales que es otro ámbito exclusivo del Estado», denuncia.
Hispán también pone en el foco en que este servicio exterior catalán tiene el cometido de «supervisar» el registro de catalanes que viven fuera de España. «Eso es una atribución consular, que también está reservada al Estado y que pretende 'marcar' a los catalanes que voluntariamente se alistan y a los que no, para saber quién es independentista y quién no», advierte. «Si el Ejecutivo de Pedro Sánchez no recurre este texto, estudiaremos recurrirlo», subraya el que fuera jefe de Gabinete de Pablo Casado.
«Ambigüedad calculada»
No solo el principal partido de la oposición pone el grito en el cielo con este nuevo decreto. Los juristas consultados por ABC también advierten sobre varios artículos y la «calculada ambigüedad» con la que está redactada la norma. Javier García Roca, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, recuerda que la acción exterior de las autonomías está limitada al ámbito de sus competencias, quedando excluida cualquier «interferencia con la acción del Estado» y estando sujeta a «la facultad de coordinación» del Gobierno central. En este sentido, muestra su «preocupación» por que el decreto «vuelve a hablar del Patronato Mundo Diplocat», recoge una relación bilateral Cataluña-Mundo «para la que no tiene competencia» y «no cita ni un solo límite» al referirse a la acción de la llamada Cataluña Exterior.
«Amplia estructura»
«Es un decreto muy ambiguo y su constitucionalidad es muy discutible, ya que por su indefinición puede interpretarse en un sentido o en otro. Habrá que estar muy atentos a su uso y aplicación porque en función de ello veremos si se mete en la acción exterior del Estado, aunque imagino que se recurrirá y será el Tribunal Constitucional el que lo interpretará».
Aniceto Masferrer , catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Valencia, coincide en que «el decreto de la Generalitat parece recoger, aparentemente, un ministerio con una amplia estructura» y advierte de que «apenas se menciona la coordinación con el Estado –salvo por error una vez–». Y en la misma línea que García Roca considera que «su inconstitucionalidad dependerá del uso que se haga», aunque cree lógico «sospechar lo peor» dados los precedentes existentes. En esta línea, Masferrer recuerda que la jurisprudencia constitucional «permite las llamadas oficinas de enlace en el exterior (incluida la UE) con competencias de información y promoción cultural de las regiones, pero no oficinas que comporten el ejercicio de competencias soberanas, que corresponde en exclusiva al Estado». «Habrá que ver si esas nuevas oficinas tienen la cobertura constitucional del primer supuesto o, en cambio, se adentran inconstitucionalmente en el segundo», subraya.
Ilegalidad «palmaria»
Ibor Fernandes, profesor de Derecho Constitucional del Centro de Enseñanza Superior Cardenal Cisneros, va más allá y considera que la inconstitucionalidad del artículo 9 del decreto es «palmaria » por ese establecimiento de relaciones bilaterales. Asimismo, coincide con los dos catedráticos citados en denunciar la intencionada ambigüedad de la redacción.
Laya, a la espera
Pese a todo ello, el Ministerio de Asuntos Exteriores descarta recurrir el decreto. Fuentes del departamento que dirige Arancha González Laya aseguraban ayer a ABC que el texto diseña «estructuras institucionales, que están dentro de las competencias de todas las comunidades» y que será su posterior actividad «la que deba estar sujeta a las limitaciones competenciales inherentes a las autonomías».
Su posición, por tanto, es esperar a ver si este decreto se traduce en esa creación de un ministerio catalán de exteriores. «Si a través de esos instrumentos se desarrollase una acción exterior que colisione con los intereses del Estado, los servicios jurídicos del Ministerio analizarían la situación al objeto de adoptar las medidas necesarias», aseguran. En este sentido, recuerdan el recurso que interpuso Exteriores contra el Plan Estratégico de Acción Exterior de la Generalitat «al entender que sus enunciados desbordaban las competencias» autonómicas. «El Tribunal Constitucional estimó parcialmente el recurso del Gobier no declarando inconstitucionales y nulos hasta 20 puntos del plan», subrayan.
Un pulso que viene de lejos
Antonio Bar, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, recuerda que el pulso entre autonomías y Estado por la acción exterior se remonta a los primeros compases de la democracia. Y que ya en 1982 el Tribunal Constitucional se pronunció por primera vez sobre esta cuestión , endureciendo después su criterio en favor de la exclusividad del Estado sobre toda acción de carácter diplomático. La Generalitat, sin embargo, no toma nota y parece más centrada en ver hasta dónde puede llegar que en realizar los gestos de apaciguamiento que le pide Pedro Sánchez.
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