La Audiencia subraya que injuriar al Rey es injuriar a todos los españoles
«Lo relevante no es que una expresión o acción lesione la dignidad de Don Juan Carlos como sujeto individual de derechos, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, sino que afecte a la institución como bien jurídico de raíz constitucional». Es la especial protección al Rey, como máxima autoridad de la Nación, la que hace que las injurias contra su persona no atenten contra bienes jurídicos individuales, sino colectivos, es decir, de todos los españoles, y eso las hace perseguibles incluso en contra de la propia voluntad de Don Juan Carlos. Con este argumento, el Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional desestima el recurso de apelación interpuesto por los radicales Jaume Roura y Enric Stern y avala la sentencia que les condenó a quince meses de prisión por quemar fotos del Rey durante su visita a Gerona en septiembre de 2007.
Los magistrados sostienen que los condenados se excedieron en su derecho a la libertad de expresión, pues la quema era un acto «innecesario» para defender la opinión de los concentrados, que, en este caso, era de absoluto rechazo a la institución monárquica. «Los asistentes al acto de protesta estaban ejerciendo su derecho con total libertad, sus proclamas e ideas estaban siendo difundidas sin cortapisa alguna y, sin embargo, escenifican lo que gráficamente podemos definir como un «aquelarre» o un «juicio inquisitorial» en el que, colocando la representación gráfica del jefe del Estado en posición claudicante -boca abajo-, lo embadurnan con aceite (...) y le prenden fuego como expresión simbólica del desprecio y destrucción de la institución (...)».
Votos particulares
La sentencia ha contado con dos votos particulares suscritos por cinco de los dieciséis magistrados que asistieron al Pleno. Para todos ellos, la quema de fotos es un acto más de la protesta contra la Monarquía y, como tal, forma parte de la libertad de expresión de los asistentes, que también ampara, dicen, la crítica a las instituciones. Para el magistrado Ramón Sáez, la «represión» de estos actos «impiden el desarrollo del espíritu crítico».
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