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¿Deben los diputados autonómicos cobrar el paro?

El Congreso de los Diputados debatirá esta propuesta del Parlamento vasco, aprobada por unanimidad en 2012

¿Deben los diputados autonómicos cobrar el paro? jaime garcía

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El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá el próximo martes la propuesta que el Parlamento vasco aprobó por unanimidad el 17 de mayo de 2012 para que los diputados autonómicos puedan cobrar la prestación por desempleo , de igual manera que ya se permite para los cargos electos locales, los representantes sindicales y los altos cargos de la Administración.

Según el texto de la iniciativa, la relación de un cargo electo con respecto a la institución en la que representa a la ciudadanía no es un «vínculo laboral», pero «en un gran número de casos la dedicación a que obliga la función conlleva una implicación personal plena, lo que tiene su reflejo en el régimen de incompatibilidades y de percepciones económicas » previsto en cada ámbito.

Por eso, el Parlamento vasco considera que es necesario «abordar la finalización del mandato» de los parlamentarios regionales mediante la «previsión de la prestación por desempleo», modificando para ello tanto la Ley General de la Seguridad Social, de 1994, como la Ley de Inclusión en el régimen general de la Seguridad Social y la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales, de 2006.

Para ello, la Cámara vasca plantea que se cuente a los diputados autonómicos entre los c olectivos obligatoriamente incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social , lo mismo que los miembros de las corporaciones locales, de las Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, de los Cabildos Insulares Canarios y de los Consejos Insulares Baleares.

Asimismo, se propone que entre los sujetos comprendidos en la protección por desempleo figuren, «en las condiciones previstas para los trabajadores por cuenta ajena», los miembros de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, que estarán así obligados a cotizar por esta contingencia.

Con estas modificaciones, explica el Parlamento vasco, se daría un paso más tras la decisión, en 1999, de que los parlamentarios autonómicos pudieran cotizar al Régimen General de la Seguridad Social a través de convenios especiales entre ambas instituciones, superando así la falta de «previsión alguna que ampare normativamente el pase a la situación de desempleo por quien ha cesado en su condición parlamentaria».

«Se establecen de esta forma las correspondientes cotizaciones, certificaciones de la situación de desempleo y de no reingreso a un puesto de trabajo y la habilitación al Gobierno para el desarrollo reglamentario oportuno», concluye la iniciativa parlamentaria.

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