La Justicia vuelve a decir «no» a la apertura de fosas en el Valle de los Caídos
La Ley de Amnistía de 1977 impide que la recuperación de los restos pueda conseguirse por la vía penal
![La Justicia vuelve a decir «no» a la apertura de fosas en el Valle de los Caídos](https://s2.abcstatics.com/Media/201309/20/valle-caidos-escorial--644x362.jpg)
Los huesos enterrados en el Valle de los Caídos seguirán, por ahora, en el mismo sitio. La Audiencia Provincial de Madrid también dijo «no» este jueves a la petición formulada por varios familiares de personas fusiladas en la Guerra Civil. Este tribunal confirma la resolución del juzgado de San Lorenzo de El Escorial, que dijo «no» a la exhumación con el argumento de que esa pretensión no puede sustanciarse por la vía penal.
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La razón es la Ley de Amnistía de 1977 (Ley 46/1977, de 15 de octubre). Por esta ley, promulgada en plena Transición a la democracia, quedaban amnistiados «todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis» (artículo 1º. 1. a) Esta ley supuso un paso importante dentro del proceso político que significó la Reconciliación de los españoles.
Hechos no perseguibles
El juzgado de San Lorenzo de El Escorial archivó la causa penal iniciada en 2009 por la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Valladolid en nombre de siete familiares de víctimas. Los hechos del franquismo ya no son perseguibles penalmente. Tampoco los de la guerra civil. Por lo tanto, la exhumación no ha lugar por el cauce penal. La Audiencia de Madrid ha desestimado el recurso de apelación contra esta sentencia y reitera que no es el proceso penal al que corresponde decidir dicha solicitud.
La Audiencia argumenta que el cementerio de la Basílica del Valle de los Caídos está sujeto a la exclusiva potestad estatal y que la recuperación de los restos de los familiares debió formularse ante «la autoridad administrativa competente», para hacer valer «su derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación», y recabando la tutela judicial a través del procedimiento legalmente establecido, que no es el penal.
«Extrema dificultad técnica»
Además, la sentencia recuerda que el informe de la comisión de expertos sobre el Valle de los Caídos, constituida por el Gobierno en 2011, advirtió de la «extrema dificultad técnica» de estas exhumaciones porque en unos casos no son localizados los columbarios y en otros se encuentran mezclados los restos de numerosas personas.
En conclusión, sobre la viabilidad de la identificación, exhumación y devolución de los restos, la comisión llegó a la conclusión de que «el deterioro de las criptas y de los columbarios, unido al volumen de restos enterrados, hace prácticamente imposible como norma general la identificación individualizada».
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