El callejón sin salida del Plan Ibarretxe
El PNV se ha desmarcado de la vía de ruptura que supuso el exlendakari, ocho años después del «no» rotundo del Congreso

Si algo ha aprendido el PNV de su pasado reciente es que ni puede ni debe reeditar el pulso a brazo partido que su anterior lendakari, Juan José Ibarretxe, estableció contra el Gobierno de la Nación, cuyas tensiones evidentes rompieron en dos a la ciudadanía vasca y también a su propio partido. Con Ibarretxe jubilado de la política —hoy le gusta que le llamen «profesor» y no «lendakari» en su condición de oficiante en la Universidad de Puerto Rico—, y tras su primera experiencia en la oposición, el PNV ha retomado la senda, al menos teórica, del «pacto» entre diferentes para avanzar en su propio camino hacia la independencia, pero alejado del que plantea Artur Mas en Cataluña.
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Iñigo Urkullu, más centrado en la gestión de la crisis económica, ha renunciado de momento a imponer su propio plan de «nuevo estatus jurídico-político» desde el Gobierno vasco, como hizo Ibarretxe, aunque tiene en mente el horizonte de 2015 para acordar un texto con el resto de partidos, que pueda ser votado en referéndum. Si bien la mayoría reniega de las formas y del resultado final del anterior líder del PNV –con un portazo inapelable de las Cortes el 1 de febrero de 2005—, en Sabin Etxea no renuncian a algunos de las líneas básicas del Plan Ibarretxe, como el derecho a decidir o la existencia de un «pueblo vasco» soberano.
Fundamentos del Plan Ibarretxe:
Aprobado por el Parlamento vasco en diciembre de 2004, con el apoyo in extremis de Batasuna, el «Nuevo Estatuto Político para la Comunidad de Euskadi»–una especie de «Constitución a la vasca»— proponía un nuevo marco político para el País Vasco desde su «libre asociación» a España, con «soberanía compartida» y representación propia en los organismos europeos.
División entre «nacionales» y «ciudadanos»
De los planteamientos recogidos en la propuesta de reforma del Estatuto vasco de Guernica (1979), seguramente el más perverso es la división de categorías que establece al diferenciar entre «ciudadanos» (con vecindad administrativa) y «nacionales vascos», con derecho a carné propio, «compatible» con el documento español de identidad.
Derecho de autodeterminación
Este es el principio sobre el que se asienta la doctrina nacionalista. El «Pueblo Vasco o Euskal Herria» tiene «derecho a decidir su propio futuro», incluyendo en éste a la Comunidad Autónoma Vasca, Navarra y los territorios del sur de Francia (Iparralde), con posibilidad de constituirse en un futuro en la misma realidad administrativa.
Consulta
Se otorga la potestad al Parlamento Vasco para convocar y gestionar la realización de «consultas democráticas por vía de referéndum», hoy competencia exclusiva del Estado.
Seguridad Social y Poder Judicial Vasco
El País Vasco debería pasar a asumir en exclusividad materias que ahora son competencia del Estado, incluida la Seguridad Social, el conjunto de la fiscalidad, las relaciones laborales y la creación de un poder judicial autónomo. Los procesos judiciales se agotarían en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). Sin embargo, se rehúye asumir la Defensa, Extranjería, el sistema monetario, las aduanas o el control del espacio aéreo. Se limita el papel de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a estas materias, potenciando las funciones que actualmente desempeña la Ertzaintza.
Selecciones deportivas
El País Vasco dispondría con representación deportiva propia a través de su selección nacional vasca en las distintas disciplinas.
Representación Exterior
La representación exterior del País Vasco es ejercida directamente a través de representación propia en los órganos de la Unión Europea, así como las «embajadas» vascas.
Mecanismos de garantías
Se arbitra un sistema de garantías a través de una comisión Euskadi-Estado para la «prevención de conflictos». Se prevé la creación de una sala específica del Tribunal Constitucional, cuyos miembros serán designados de forma paritaria por el propio tribunal y el Parlamento Vasco.
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