Trabajar a tiempo parcial y seguir cobrando el paro es posible y el SEPE explica cómo
Las personas en esta situación deberán dirigirse a este servicio y notificar su tipo de contrato
España registra el mayor nivel de desempleo y de paro juvenil de Europa
![Cobrar la prestación por desempleo con un trabajo a tiempo parcial es posible](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2023/08/09/sepe-RLc9yl7TUPthawqbMJV20WI-1200x840@abc.jpg)
El verano suele ser una buena época para el empleo debido a la mayor movilidad y a la activación del consumo. El motor económico de esta época del año suele ser el turismo y la hostelería.
No obstante, según los últimos datos de Eurostat, España el mayor nivel de desempleo y de paro juvenil de Europa. En junio, se contabilizaron 2,79 millones de personas sin empleo, de las cuales 464.000 eran menores de 25 años. El paro juvenil aumenta en nuestro país hasta el 27,4%.
En verano suele activarse el mercado laboral, aunque algunos de estos contratos pueden ser a tiempo parcial para cubrir necesidades específicas de los negocios. Sea un contrato a tiempo parcial de corta o de larga duración, el SEPE establece unos criterios para poder combinar el suelo fruto de esta actividad con la prestación contributiva por desempleo.
Como establece el SEPE, para poder cobrar esta prestación se debe haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
Así, si mientras se está cobrando una prestación se encuentra un trabajo temporal una de las dudas recurrentes es si se puede mantener el cobro del paro.
¿Se puede combinar la prestación por desempleo con un contrato a tiempo parcial?
El SEPE aclara que la prestación es compatible con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. Esto se produce en el caso de que la pérdida de trabajo a tiempo completo haya sido involuntaria por lo que el demandante se encontraría en situación legal de desempleo. De esta manera, siempre que se reúnan los requisitos, se puede compaginar.
Quienes se encuentren en esta situación tienen dos situaciones. La primera paralizar el cobro interrumpir el cobro de la prestación mientras dura el contrato para luego reanudarlo o compatibilizar ambos pagos.
El requisito fundamental para mantener la prestación mientras dura el trabajo a tiempo parcial es mantener la inscripción en el SEPE como demandante de empleo.
Es importante tener en cuenta que, mientras que compatibiliza la prestación con el trabajo, la duración de la primera no cambia, aunque el importe será menor porque se reducirá en proporción a la jornada laboral que se realice.
«Si la prestación no está agotada al terminar el contrato y solicita su reanudación, volverá a percibir la cantidad íntegra que le corresponda», detalla el SEPE.
En el caso de optar por paralizar el cobro de la prestación por desempleo. Si el trabajo parcial ha durado menos de 360 días, cuando finalice se puede optar por reanudar la prestación paralizada. Si el contrato de trabajo parcial ha durado más de 360 días se puede solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que se interrumpió al empezar a trabajar, aunque en este segundo caso las nuevas cotizaciones no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.
Se escoja la opción que se escoja siempre se debe notificar al SEPE.
Cómo notificar al SEPE la contratación a tiempo parcial
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Acceder a la sede con DNI electrónico, certificado digital o sistema cl@ave
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Pulsar el botón 'acceso a solicitudes'
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Pulsar la opción de 'compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial' en el apartado 'solicitud de prestación contributiva y especial de artistas'
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Confirmar y firmar la solicitud y descargar el resguardo
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También es posible hacerlo mediante el servicio de atención telefónica o con cita previa en una oficina presencial
En cuanto a los cálculos que realiza el SEPE, la cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días trabajados anteriores al cese, considerando los que corresponden al contrato que finaliza y al que mantiene. De dicha cuantía se deduce la parte proporcional correspondiente al trabajo realizado a tiempo parcial que mantiene.
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