Cuándo te vas a jubilar según tu año de nacimiento: la tabla por edad
El retiro de los trabajadores que tengan una vida laboral más corta se ha ido incrementando con los años. Así quedará a partir de 2025
Un experto en derecho laboral expone cuáles son los cambios en las cotizaciones publicados en el BOE: lanza este aviso
Así será la nueva jubilación activa: posibilidad de trabajar y cobrar la pensión y cambios en este sistema
El 'sueño' de jubilarse a la edad ordinaria cada vez está más lejos para muchos trabajadores. Las últimas reformas de las pensiones introdujeron novedades con el objetivo de sostener el sistema.
En 2027, quienes quieran jubilarse a los 65 años deberán haber cotizado al menos 38 años y seis meses. Quienes tengan una vida laboral más corta deberán esperar a los 67 años para poder retirarse del mercado laboral.
Sin embargo, quienes cumplan los 65 años en 2025, podrán comenzar a jubilarse siempre que hayan cotizado un mínimo de 38 años y 3 meses o más. lo que suponen tres meses más de cotización respecto los que se jubilaron en 2024. Si no han alcanzado este periodo su edad para jubilarse será de 66 años y 8 meses.
Edad para la jubilación ordinaria a partir de 2025
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2025: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 8 meses
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2026: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 10 meses
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2027: 38 años y 6 meses o más - 65 años | Menos de 38 años y 6 meses - 67 años
En función de esta tabla definida por la Seguridad Social es posible conocer el año de jubilación en función del año de nacimiento.
La edad a la que te podrías jubilar según tu año de nacimiento
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1960: jubilación ordinaria en 2025 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 8 meses
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1961: jubilación ordinaria en 2026 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 10 meses
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1962: jubilación ordinaria en 2027 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1963: jubilación ordinaria en 2028 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1964: jubilación ordinaria en 2029 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1967: jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
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1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
A partir de 2027 los tiempos quedarían de esta forma a no ser que se hiciera ninguna otra modificación.
Además, entre otras modificaciones de los últimos años, quienes deseen dejar de trabajar antes de lo indicado se pueden exponer a una serie de penalizaciones mediante reductores. Por cada mes que se adelante la retirada, la nómina de la pensión será menor, según los porcentajes establecidos por la Seguridad Social. Además, el momento de la retirada no puede ser superior a dos años antes de la edad ordinaria marcada y se exigirá un mínimo cotizado.
![](https://static.abc.es/media/infografias/2024/11/retraso-jubilacion-2025/retraso-jubilacion-2025-size-S.png?v=1730997573324)
Aplicación progresiva de la
reforma de las pensiones
Retraso de la edad de
jubilación y aumento
del periodo cotizado
Períodos
cotizados
Año
Edad exigida
35 años y
3 meses o más
65 años
2013
Menos de 35 años
y 3 meses
65 años
y 1 mes
35 años y
6 meses o más
65 años
2014
65 años
y 2 meses
Menos de 35 años
y 6 meses
35 años y
9 meses o más
65 años
2015
Menos de 35 años
y 9 meses
65 años
y 3 meses
36 años o más
65 años
2016
65 años
y 4 meses
Menos de 36 años
36 años
y 3 meses o más
65 años
2017
Menos de 36 años
y 3 meses
65 años
y 5 meses
36 años
6 meses o más
65 años
2018
Menos de 36 años
y 6 meses
65 años
y 6 meses
36 años
y 9 meses o más
65 años
2019
Menos de 36 años
y 9 meses
65 años
y 8 meses
37 años o más
65 años
2020
65 años
y 10 meses
Menos de 37 años
37 años
y 3 meses o más
65 años
2021
Menos de 37 años
y 3 meses
66 años
37 años
y 6 meses o más
65 años
2022
Menos de 37 años
y 6 meses
66 años
y 2 meses
37 años
y 9 meses o más
65 años
2023
Menos de 37 años
y 9 meses
66 años
y 4 meses
38 años o más
65 años
2024
66 años
y 6 meses
Menos de 38 años
38 años
y 3 meses o más
65 años
2025
Menos de 38 años
y 3 meses
66 años
y 8 meses
38 años
y 3 meses o más
65 años
2026
Menos de 38 años
y 3 meses
66 años
y 10 meses
38 años
y 6 meses o más
A partir de
2027
65 años
Menos de 38 años
y 6 meses
67 años
Fuente: Ministerio de Empleo / ABC
![](https://static.abc.es/media/infografias/2024/11/retraso-jubilacion-2025/retraso-jubilacion-2025-size-M.png?v=1730997574598)
Aplicación progresiva de la reforma de las pensiones
Retraso de la edad de jubilación
y aumento del periodo cotizado
Períodos cotizados
Edad exigida
Año
35 años y 3 meses o más
65 años
2013
Menos de 35 años y 3 meses
65 años y 1 mes
35 años y 6 meses o más
65 años
2014
Menos de 35 años y 6 meses
65 años y 2 meses
35 años y 9 meses o más
65 años
2015
Menos de 35 años y 9 meses
65 años y 3 meses
36 años o más
65 años
2016
Menos de 36 años
65 años y 4 meses
36 años y 3 meses o más
65 años
2017
Menos de 36 años y 3 meses
65 años y 5 meses
36 años y 6 meses o más
65 años
2018
Menos de 36 años y 6 meses
65 años y 6 meses
36 años y 9 meses o más
65 años
2019
Menos de 36 años y 9 meses
65 años y 8 meses
37 años o más
65 años
2020
Menos de 37 años
65 años y 10 meses
37 años y 3 meses o más
65 años
2021
Menos de 37 años y 3 meses
66 años
37 años y 6 meses o más
65 años
2022
Menos de 37 años y 6 meses
66 años y 2 meses
37 años y 9 meses o más
65 años
2023
Menos de 37 años y 9 meses
66 años y 4 meses
38 años o más
65 años
2024
Menos de 38 años
66 años y 6 meses
38 años y 3 meses o más
65 años
2025
Menos de 38 años y 3 meses
66 años y 8 meses
38 años y 3 meses o más
65 años
2026
Menos de 38 años y 3 meses
66 años y 10 meses
A partir de
2027
38 años y 6 meses o más
65 años
Menos de 38 años y 6 meses
67 años
Fuente: Ministerio de Empleo / ABC
Por contra, quienes continúen trabajando más allá de la edad legal podrán tener ciertas recompensas, lo que se conoce como jubilación demorada.
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