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El Supremo dice que las empresas no deben informar a los sindicatos de cuánto cobra cada empleado

El fallo del Alto Tribunal limita la comunicación del registro salarial a las medias pero descarta la necesidad de detallar las cuantías a nivel individual

La sentencia advierte de que la difusión de esta información afecta al derecho a la protección de datos de la persona cuyo salario individual se identifica

El subsidio de mayores de 52 años exige estar inscrito en el paro de forma ininterrumpida tras agotar la prestación

Trabajadores en una oficina europa press
Gonzalo D. Velarde

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El Gobierno aprobó en 2020 un real decreto sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres con la que buscaba garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos. El texto fijó los términos en los que las empresas debían elaborar estos registros pero ... el Tribunal Supremo se ha visto obligado a concretar la profundidad y el detalle que deben contener los mismos, especialmente porque estos pueden ser solicitados y consultados por los sindicatos en las empresas de cara a velar por el hecho de que los puestos similares sean igualmente retribuidos para hombres y mujeres. Sobre este punto, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo aclara en una sentencia que las empresas están obligadas a disponer y facilitar a los sindicatos un registro salarial con los valores medios desagregados por sexo, pero sin que sea obligado incluir datos que permitan identificar la retribución individual del trabajador.

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