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Cómo saber si tengo derecho a jornada intensiva en verano y cuántas horas tengo que trabajar

El Estatuto de los Trabajadores no menciona esta cuestión, por lo que el trabajador debe acudir a otras fuentes

España mueve ficha para mejorar su atractivo como destino de los teletrabajadores europeos

Varias personas trabajan en una oficina pexels
V.L

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El verano no solo se caracteriza por la llegada de las vacaciones, las playas o el aumento de la movilidad y el consumo. En el ámbito laboral, algunos trabajadores disfrutan de jornadas de trabajo intensivas que les permiten conciliar mejor con su vida laboral.

A la jornada intensiva también se la denomina jornada continua y es la que el empleado realiza de forma continua sin pausa, con derecho a los 15 minutos de descanso que se establece por ley para las jornadas diarias superiores a 6 horas.

De esta manera, algunas empresas optan por adelantar el horario de sus empleados una hora para que puedan regresar a sus casas también una hora antes.

Este tipo de jornadas, sin embargo, no están recogidas en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que hace referencia a la jornada laboral. «La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo», aparece en su defecto.

¿Tengo derecho a la jornada intensiva?

Por este motivo, el trabajador que desee una jornada intensiva deberá acudir al convenio colectivo de su empresa o directamente comprobar si aparece especificado en su contrato. No obstante, también se deben tener en cuenta la normativa interna de la empresa y que, en función, de la actividad puede no aplicarse.

En caso de ser posible la aplicación de esta jornada continua, en España suelen existir dos tipos de horarios comunes en este sentido: de 8 a 15 o de 8 a 16. El número de horas de trabajo dependerá también del convenio colectivo, aunque en nuestro país las empresas suelen aplicar horarios de 7 u 8 horas.

Asimismo, algunas compañías distinguen entre diferentes tipos de jornada e incluso de las épocas o los días para aplicarla. Las más comunes la jornada intensiva solo en verano, la jornada intensiva los viernes para favorecer el descanso y el aprovechamiento del fin de semana o la jornada intensiva durante todo el año. En cualquiera de los tres casos dependerá del convenio.

Sea jornada intensiva o no, lo que sí reconoce el Estatuto de los Trabajadores es el registro del horario por parte de las empresas y que el descanso entre el final de la jornada y el inicio de la siguiente debe ser de al menos 12 horas.

En España, se han planteado diferentes propuestas con el objetivo de mejorar la conciliación de los trabajadores. Una de ellas, desde el Ministerio de Trabajo desde donde se pretendía impulsar una ley sobre Usos del Tiempo y racionalización horaria, para lo que se encargó un estudio en el que se establecieran los posibles beneficios de esta práctica y cómo debería ser el modelo de implementación.

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