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Kellys y cuidadoras, en la rampa de salida para la jubilación anticipada a partir de los 52 años

Patronal y sindicatos empiezan a estudiar los posibles sectores a incorporar al sistema de retiro anticipado por profesión de riesgo o alta penosidad

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Patronal y sindicatos, y la asociaciones profesionales, comienzan a estudiar cuáles son aquellas profesiones de riesgo y de alta penosidad que pueden ser susceptibles de incorporarse al sistema jubilaciones anticipadas mejoradas y con exiguos coeficientes reductores, que pueden acceder a la pensión a partir de los 52 años. Son diez las profesiones que ya tienen reconocida esta particularidad y lo que el Gobierno está ultimando en un decreto ley que fue desvelado por ABC es un canal de admisión mediante el que los agentes sociales pueden proponer nuevos trabajos a los que aplicar los coeficientes mejorados, que será evaluado por un comité en el que estarán presentes Seguridad Social, Hacienda, y los propios representantes de empresarios y trabajadores.

Tal y como avanzaron hace escasos días desde UGT y CC.OO., el colectivo de las 'kellys' será propuesto para valoración del comité. Los sindicatos plantean para esta profesión que ocupa a entre 100.000 y 200.000 trabajadoras al año en función de la estación -en época estival la llegada de turistas y el pico de actividad en alojamientos y hotelería genera un repunte de contrataciones que mengua en los meses justamente anteriores y posteriores-. Al menos las asociaciones profesionales se han alineado con los sindicatos para buscar con la patronal del sector un marco común para solicitar la inclusión del colectivo al sistema de jubilaciones anticipadas a partir de los 52 años años. En este caso concreto, se plantea que el retiro se puede abordar a partir de los 58 años.

Cabe recordar que este pliego de profesiones de alta peligrosidad ahora reconocidas cuentan cada una de ellas con un marco específico. Es decir, se especifica que el modelo articulado para cada una de ellas no podrá resultar en jubilaciones por debajo de 52 años, y es por ello que la edad de partida varía en función de las actividades. Por ejemplo, los profesionales taurinos pueden retirarse en condiciones ventajosas a partir de los 60 años, así como los bomberos.

«Desde las diferentes asociaciones de kellys queremos hacer público nuestro descontento por la forma en que se nos está ninguneando una vez más. El Congreso debe admitir a trámite la discusión sobre la jubilación anticipada de las camareras de piso kellys», apunta desde las diferentes asociaciones de ámbito provincial. Apuntan, de hecho, que solamente el 5% llegan a jubilarse trabajando en activo.

La reivindicación del colectivo pasa por que la Seguridad Social reconozca las limitaciones de estas trabajadoras para desempeñar su actividad con arreglo a la edad legal de jubilación ordinaria, que se situará en los 67 años a partir de 2027. Según las cifras que han dado los sindicatos, el 95,9 % de las trabajadoras de este colectivo manifiesta síntomas clínicos de ansiedad; el 74 % tiene problemas de concentración; el 82 % declara problemas de falta de energía; el 40% presentan síntomas depresivos; el 70 % refiere tener dolor muscular; el 73,2 % duerme menos de 8 horas al día y el 9 % menos de 5 horas; y el 71,5 % consume fármacos para mitigar el dolor y el estrés.

Cuidadoras profesionales

El otro grupo que también está siendo objeto de estudio por parte de los agentes sociales para su incorporación a este sistema de jubilación anticipada mejorada es el de cuidadores profesionales de ancianos, niños y personas dependientes, cuyo colectivo asciende a 250.000 trabajadores en cuidados, pero se extiende por encima de los 600.000 ocupados si se contabiliza todo el área de los servicios sociales.

En este caso, son fuentes de la negociación las que admiten a ABC que este es un colectivo directamente apelado por la reforma que está planteando el gabinete de la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz. Apuntan estas fuentes que «una cuidadora de una persona dependiente no puede estar realizando labores de movilización de un peso que puede ser mayor al suyo con 67 años».

También apuntan desde la mesa de diálogo en conversaciones con este medio que realmente no se está planteando y negociando un nuevo catálogo de profesiones que añadir a las ya existentes (mineros, trabajadores aéreos, del sector ferroviario, artistas, profesionales taurinos, bomberos, miembros del Cuerpo de la Ertzaintza, policías locales, miembros del Cuerpo de Mossos d´Escuadra y policía foral de Navarra). Si no que lo que se está trabajando en este momento es en aquilatar el canal de admisión y los elementos objetivos de análisis para que el comité pueda determinar la procedencia de las propuestas.

El listón de la incapacidad temporal

Cabe recordar, tal y como avanzaba este medio, proyecto de real decreto que regulará el régimen jurídico y el procedimiento general para determinar la procedencia del establecimiento de coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social recoge como uno de los baremos que utilizará la comisión de evaluación que emitirá informe sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores.

En este sentido, se establecerán los indicadores que acrediten la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de tales coeficientes a partir de, entre otros, la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja laboral, así como las incapacidades permanentes o fallecimientos que se puedan causar. «Su valoración corresponderá a una comisión integrada por los ministerios de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Trabajo y Economía Social, y Hacienda y Función Pública, junto a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal que estará encargada de evaluar y, en su caso, instar la aprobación de los correspondientes reales decretos de reconocimiento de coeficientes reductores», señala el borrador al cual ha tenido acceso este medio.

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