Los recibos de la luz deben incluir la referencia catastral
La ley de prevención del fraude fiscal entró en vigor el pasado mes de noviembre y eso significa que desde ese momento todos los contratos de electricidad que se realicen deben incluir la referencia
La ley de prevención del fraude fiscal entró en vigor el pasado mes de noviembre y eso significa que desde ese momento todos los contratos de electricidad que se realicen deben incluir la referencia catastral del inmueble.
Además, según recordó ayer el director del Catastro, la norma da un plazo de seis meses para incluir esa referencia en los contratos ya en vigor, lo que significa que el próximo mes de mayo todos los recibos de la luz deberían ya incluir esa identificación.
Para llevar a cabo esta labor y evitar que las compañías eléctricas tengan que estar preguntando a todos sus clientes este dato, serán la propia Agencia Tributaria y la Dirección del Catastro quienes colaboren con las empresas para facilitar esta identificación. Sólo en los casos en los que existan recibos de luz y no haya inmuebles declarados, las compañías tendrán que dirigirse a sus clientes.
Con esta medida se pretende tener mayor información sobre la titularidad de los inmuebles y sobre los alquileres y, según Jesús Miranda, tiene importancia respecto a los contratos que ya existen pero, sobre todo, respecto a las operaciones futuras y será un instrumento eficaz en la lucha contra el fraude.
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