El Gobierno amplía el escudo para trabajadores afectados por la DANA: permiso retribuido del 100%, ayuda para empleadas del hogar y prohibición de despedir
Se permite la reducción o adaptación de la jornada de trabajo a consideración del empleado y se obliga al teletrabajo si existe posibilidad
El SEPE lanza ayudas por valor de 50 millones de euros para la contratación de parados de las zonas afectadas
Seguridad Social aprueba una mejora en el cálculo de las pensiones no contributivas y abre una ventana especial para el rescate de planes de pensiones
El Gobierno aplaza las reclamaciones de prestaciones indebidamente percibidas
![El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2024/11/11/EuropaPress_6322983_presidente_gobierno_pedro_sanchez_interviene_rueda_prensa_posterior_consejo-RRuvDK941nAC0T27vawhOPJ-1200x840@diario_abc.jpg)
El Gobierno ha anunciado este lunes un segundo paquete de medidas, tras las primeras aprobadas pasada semana con carácter de urgencia, centradas en reforzar el denominado como escudo laboral de protección a los afectados por la DANA. En el marco de la primera fase de ayudas a las regiones y localidades golpeadas por la catástrofe, el presidente Pedro Sánchez ha confirmado un nuevo abanico de medidas aprobadas por decreto entre las que se incluyen, como principales, la aprobación del permiso retribuido del 100% para los trabajadores que no puedan asistir a su puesto, una prestación extraordinaria para las empleadas del hogar y la prohibición de despedir, considerando la nulidad de los ceses que se produzcan.
La principal novedad de estos permisos retribuidos con el 100% de salario para los trabajadores que por motivo de la DANA no puedan acudir a su puesto de trabajo o teletrabajar está en que estos permisos serán no recuperables, de forma que el trabajador no tendrá que recuperar para la empresa las horas no trabajadas. Estos permisos, que no implicarán pérdida de cotizaciones, serán sufragados por las empresas, que podrán estar o no acogidas a un ERTE, y tendrán plazos indeterminados (no se tasarán los días de permiso).
Reducción y adaptación de jornada a petición
En este segundo anuncio que realizó el presidente del Gobierno tras la reunión del Consejo de Ministros también se aprobó en materia laboral la obligatoriedad de las empresas de atender reducciones o adaptaciones de jornada de los empleados según consideren los propios afectados siempre que el planteamiento sea proporcionado. Estas situaciones deberán estar sujetas a las justificaciones que se producen por las diversas afectaciones de la DANA (imposibilidad de acceder al puesto de trabajo, por labores de recuperación de domicilio afectado o recuperación de enseres o trámites de recuperación de la documentación, desaparición o fallecimiento de familiares, así como cuidado de familiares o convivientes por situaciones devenidas) y deberán ser comunicadas a la empresa con 24 horas de antelación.
Este derecho a la adaptación de jornada se refiere tanto a la distribución del tiempo de trabajo o a otras condiciones, es decir, que podría consistir en una cambio de turno, alteración de horario, establecer una jornada partida o continuada, un cambio del centro de trabajo, cambio de funciones o cualquier otro cambio que esté disponible en la empresa.
Teletrabajo
Además, entre las medidas del ámbito laboral se obliga a las empresas que siempre que se den las condiciones y exista la posibilidad se pueda realizar trabajo a distancia. En este sentido, el decreto aprobado que ya ha podido consultar ABC establece que se tendrá derecho al teletrabajo cuando el estado de las redes de comunicación lo permita «a no ser que ello resulte incompatible con la naturaleza de la prestación laboral». Es decir, si por el tipo de trabajo es inviable esta modalidad distancia.
Igualmente, se aclara que en los casos en los que los empleados ya cuenten con trabajo a distancia por lo previsto en sus convenios o acuerdos de carácter laboral se podrá requerir la ampliación de ese régimen a toda la duración de la jornada de trabajo.
Prestación de desempleo para empleadas del hogar
Otra de las novedades que establece este segundo decreto de ayudas aprobado señala que si bien procede la suspensión total o parcial del contrato de trabajo, reducción de jornada, de la persona trabajadora del hogar por la imposibilidad de la realización total o parcial «con carácter temporal» de situaciones derivadas de la DANA, estas situaciones serán protegidas con una prestación especial.
Aquí, las personas trabajadoras tendrán derecho a acceder a la prestación contributiva por desempleo, mientras que se podrá solicitar por medio de una declaración responsable firmada por la persona empleadora y si resulta imposible emitirla por parte de esta personas también será válida la del trabajador o trabajadora.
Prohibición del despido
También se aclara en el texto aprobado la circunstancia concreta de la prohibición del despido por parte de las empresas. Se concreta para las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas con ocasión de la DANA y no podrán despedir por causas de fuerza mayor y por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción derivadas de la catástrofe.
"El incumplimiento de esta obligación conllevará la nulidad del despido", señala el decreto aclarando que además quedarían a expensas de la acción revisora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en términos de devolución de ayudas. Aclara el Gobierno que las mismas condiciones que impiden el despido tampoco justificarían el fin del periodo de actividad o el no llamamiento de trabajadores con contrato fijo discontinuo.
Ayudas a contratación de parados
También se lanza en este paquete un fondo de 50 millones de euros que gestionará el SEPE para ayudas a la contratación de parados inscritos de las zonas afectadas. Además, se amplía el rango de acción de los ERTE por fuerza mayor a empresas afectadas por la DANA sin estar necesariamente localizadas en alguno de los municipios afectados, mientras que las personas que se acojan percibirán el 70% de la base de cotización durante la duración de suspensión del total o parcial de las jornadas de trabajo.
«Todo el escudo social y también el escudo laboral que estamos creando, va a ayudar a hasta 400.000 trabajadores a mantener sus ingresos, a 30.000 empresas a reactivar su actividad económica y a 100.000 hogares a cubrir sus necesidades básicas», destacaba Sánchez en rueda de prensa.
Mejora de pensiones no contributivas
Además, en el ámbito de la Seguridad Social se amplían las medidas de ayuda en este caso mediante una mejora del cálculo de las pensiones no contributivas en situaciones de carácter laboral y humano devenidas por la catástrofe. Y se abre una ventana especial para el rescate de los fondos acumulados en planes de pensiones.
En el ámbito del departamento de Elma Saiz también se aplicará una moratoria en las devoluciones de las ayudas indebidamente percibidas. Será durante un plazo de 180 días desde el momento de la entrada en vigor del decreto aprobado este lunes.
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