consejo de ministros
Las empresas deberán mantener tres años como mínimo al trabajador con un contrato bonificado
El Gobierno aprueba el pliego de incentivos al empleo para 2023 con hasta 20 modalidades de contratación con exenciones en cuota
El coste para las arcas del Estado en forma de ingresos por cotizaciones no recibidos rozará los 2.000 millones de euros en el presente ejercicio
Trabajo endurece las subvenciones para el personal investigador y las reduce a solo tres años
Luz verde al pliego de bonificaciones e incentivos al empleo para 2023. Para este año hasta 20 modalidades distintas de contratación estarán sujetas a exenciones en cuota a la Seguridad Social, según recoge el texto aprobado este martes por el Consejo de Ministros. El real decreto que da respuesta a uno de los puntos incluidos en el componente 23 del Plan de Recuperación comprometido con Bruselas para la llegada de fondos europeos incluye, al margen del pliego de tipos y cuantías de las bonificaciones, dos aspectos clave: todas las modalidades de exenciones, a excepción de una, están sujetas a la firma de contratos indefinidos y las empresas estarán obligadas por ley a mantener durante tres años como mínimo al trabajador con un contrato bonificado en plantilla.
Según explicaba la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de presa posterior al Consejo de Ministros, la norma, además de reglar estos incentivos que se incluyen anualmente al presupuesto del ministerio, reordena este abanico de subvenciones que ya han sido cuestionadas en numerosas ocasiones por los organismo auditores como Airef y que el propio Gobierno reconoce como deficientes en algunos casos.
Como se ha mencionado, el único contrato que estará bonificado con carácter de temporalidad es el de sustitución para los casos de maternidad y paternidad. Aseguraba Díaz al respecto que se adopta esta media en aras de fomentar la conciliación familiar. El resto, están sujetos a firmas de contratos indefinidos. "Adecuamos las mejoras a la empleabilidad a la nueva normativa laboral", señalaba la ministra apuntando que esta parte de la política activa de empleo se intrinca con los principales preceptos de la reforma laboral en materia de reducción de la temporalidad en el mercado laboral.
"La norma también responde a la necesidad de unificar, simplificar, homogeneizar y hacer más eficaces los incentivos a la contratación que en la actualidad están contenidos en normas que disponen unas 76 medidas. Además, acentúan esta dispersión las ayudas en el ámbito autonómico que, hasta ahora, carecían de un marco jurídico común que aportase una visión integral", señala el comunicado publicado por Trabajo al término de la reunión del Consejo de Ministros.
Contención del coste
El Ejecutivo calcula que el coste para las arcas públicas de esta actuación asciende a 1.821 millones de euros (con datos de 2020), e irán con cargo al presupuesto de gastos del SEPE. Y es precisamente la razón del coste de esta política la que ha hecho señalar a diferentes organismos independientes las deficiencias sobre el diseño de estas bonificaciones en los contratos laborales, su escasa eficacia en el objetivo de fomentar la creación de puestos de trabajo estables, además de una urgente necesidad de que se pongan de parte de la Administración las herramientas precisas para poder evaluar su impacto.
Estas bonificaciones a la contratación suponen en su conjunto un 25% del gasto total en políticas activas del mercado de trabajo. Aunque el nuevo sistema se evaluará de forma permanente, con lo que "ningún incentivo tendrá carácter estructural", pues sólo se mantendrán los que funcionen, según apuntó la vicepresidenta segunda, asegurando que el resto desaparecerán.
El Gobierno, por lo tanto, no es ajeno a esta realidad del escaso funcionamiento que hasta ahora ha mostrado esta arista de las políticas activas de empleo. Trabajo señala en el real decreto aprobado que este tipo de medidas no siempre tienen un efecto positivo, «como se ha puesto de manifiesto con la opción legal de promocionar la contratación temporal como instrumento de fomento del empleo».
Poco antes, en un informe fiscalizador, el Tribunal de Cuentas concluyó que ni el SEPE ni la Tesorería General de la Seguridad Social cuentan con los medios para poder controlar el efecto de las bonificaciones, confirmó el uso fraudulento de las mismas en un puñado de ocasiones sobre estas tres modalidades de contratación expuestas y calificó este elemento de la política activa de empleo como «ineficiente y tan solo relativamente eficaz».
Nuevas bonificaciones
La norma aprobada este martes incluye bonificaciones de nueva implantación. En concreto, se bonificará con 275 euros al mes durante tres años la contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
También se bonificará la contratación indefinida o incorporación como socio en la cooperativa o sociedad laboral de personas con contratos de formación práctica en las con 138 euros al mes durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de una persona con discapacidad.
La conversión de contratos temporales a contratos fijos-discontinuos realizados con trabajadores del Sistema Especial Agrario por cuenta ajena se bonificará, durante los tres años siguientes, con 55 euros al mes (73 euros por mes si el contratado es mujer).
En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías que se establecen en la norma se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso, no se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
![](https://static.abc.es/media/infografias/2022/11/coste-bonificacion-contratos/coste-bonificacion-contratos-desktop.png?v=1668871533149)
Evolución de la bonificación de contratos en España
Total de trabajadores
con un contrato con bonificación
En número de contratos
Coste de las bonificaciones
para el Estado
En millones de euros
1.449
4.745.324
1.269
1.193
3.946.136
3.699.951
1.053
3.428.494
3.000.000
900
2018
2019
2020
2021
2018
2019
2020
2021
Fuente: Ministerio de Seguridad Social
ABC
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Evolución de
la bonificación de contratos en España
Total de trabajadores
con un contrato con bonificación
En número de contratos
4.745.324
3.946.136
3.699.951
3.428.494
3.000.000
2018
2019
2020
2021
Coste de las bonificaciones
para el Estado
En millones de euros
1.449
1.269
1.193
1.053
900
2018
2019
2020
2021
Fuente: Ministerio de Seguridad Social / ABC
La norma bonifica la readmisión de trabajadores que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, limitándose a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador, límites que no están contemplados en la regulación actual. Estas bonificaciones se extienden a los supuestos de mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y puedan ser contratadas por otra empresa.
La bonificación prevista en la actualidad por la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social (55 euros al mes) se incrementa hasta los 128 euros/mes, igualándose así a la establecida por la contratación indefinida de otros colectivos vulnerables.
Parados de larga duración
La contratación fija de parados de larga duración (110 euros al mes) se eleva hasta los 128 euros al mes si la persona contratada es mujer y también si se tienen 45 o más años.
Respecto del contrato de formación en alternancia, se establecen bonificaciones equivalentes a las que resultarían de aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa.
Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos incrementan su cuantía un 200% para igualarla a la prevista por la conversión en indefinido del contrato de formación en alternancia.
Además, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la normativa que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.
Las bonificaciones previstas en la actualidad por la formación en alternancia, permiten financiar tanto costes de formación como costes de tutorización en la empresa, limitando los primeros a la actividad formativa que, vinculada al citado contrato, se realice en el ámbito laboral. En cambio, la bonificación por costes de tutorización sería aplicable a todas las empresas.
MÁS INFORMACIÓN
La norma regula las bonificaciones en las cuotas patronales de la Seguridad Social relativas a la contratación de personas con discapacidad, en los contratos suscritos por empresas de inserción y en los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales, que mantienen las bonificaciones actuales.
Los contratos indefinidos con trabajadores que presten actividad en determinados sectores de Ceuta y Melilla incrementan su bonificación hasta una cuantía fija equivalente al 75%, vinculada al desarrollo de acciones formativas para los trabajadores contratados.
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